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15
Jul

Juicio de insania

Publicado por Hilda el 15 de Julio de 2009 a las 10:49 am

Los dementes son incapaces de hecho, que deben ser declarados tales, judicialmente, a través del juicio de insania, para que proceda respecto de ellos la interdicción, y el nombramiento de un curador.
En Argentina está regulado por el Código Civil (Título X, de la Sección Primera del Libro Primero, bajo el título “De los dementes e [...]

13
Jul

Emancipación civil

Publicado por Hilda el 13 de Julio de 2009 a las 09:21 am

La edad en que se inicia la mayoría de edad; y los menores salen del régimen de patria potestad o de tutela, para ser plenamente capaces (salvo que posean algún otro tipo de incapacidad de hecho que los someta a curatela) varía según los países. En Argentina la mayoría de edad se adquiere a los [...]

10
Jul

Patronato de menores

Publicado por Hilda el 10 de Julio de 2009 a las 08:38 am

El régimen de Patronato es la provisión por parte del Estado de la protección directa de los menores cuando deba sustituirse a sus padres, en los casos que ocurra la suspensión, pérdida total o de ejercicio de la patria potestad, casos que se hallan previstos en el Código Civil argentino en sus artículos 307 a [...]

9
Jul

Partidas de nacimiento

Publicado por Hilda el 9 de Julio de 2009 a las 04:19 pm

Al igual que el resto de las partidas del Registro Civil, las de nacimiento, son instrumentos públicos, que constan en los respectivos libros de ese organismo, asentados en legal forma, y sus copias autenticadas.
Dijimos que son instrumentos públicos, a pesar de que el artículo 979 inciso 10 del Código Civil argentino alude solo a los [...]

9
Jul

Posesión de estado

Publicado por Hilda el 9 de Julio de 2009 a las 07:40 am

La posesión es un concepto que alude a un poder o atribución de hecho sobre algo, con independencia del título jurídico que convierta al poseedor en titular legal de aquello que detenta. Existe posesión sobre las cosas, pero también existe posesión de determinados roles en el ámbito de las relaciones familiares, con prescindencia de si [...]

6
Jul

Pródigos

Publicado por Hilda el 6 de Julio de 2009 a las 04:33 pm

El pródigo es aquel que mal gasta sus bienes en inversiones inútiles. Ya en el antiguo Derecho Romano se reputaban así, declarándoselos incapaces de hecho y sometidos a curatela, a los que gastaban en vanalidades, los bienes recibidos ab intestato (sucesión legítima) por vía agnaticia (de sus ascendientes varones). Declarada la interdicción se les nombraba [...]

30
Jun

Desheredación

Publicado por Hilda el 30 de Junio de 2009 a las 05:21 pm

Siendo en un principio una facultad del pater en el Derecho Romano, instituir o desheredar a sus herederos por su voluntad, manifestada en un testamento válido, fue limitada posteriormente a tener que desheredar expresamente a sus descendientes directos varones, so pena de ser considerada nula su voluntad testamentaria. Si omitía a una hija y no [...]

29
Jun

Petición de herencia

Publicado por Hilda el 29 de Junio de 2009 a las 09:08 am

Basándonos en el Código Civil argentino (arts.3.421 a 3.428) podemos decir que es la acción que posee el heredero testamentario, o sucesor ab intestato, con vocación actual, o en caso de inactividad de éste, otros parientes en grado sucesible, para reclamarles, ante el juez de la sucesión, que es el del último domicilio del causante; [...]

26
Jun

Declaratoria de herederos

Publicado por Hilda el 26 de Junio de 2009 a las 07:05 pm

El artículo 3.410 del Código Civil argentino establece que ciertos herederos (ascendientes, descendientes y cónyuge) entran en posesión de la herencia desde el día de la muerte del causante, sin que deba mediar forma alguna o intervención de la justicia, y aún si ignorase su calidad de heredero.
Los artículos 3.412 y 3.413 disponen, que el [...]

22
Jun

Herencia vacante

Publicado por Hilda el 22 de Junio de 2009 a las 05:35 pm

La herencia vacante está regulada por disposiciones del Código Civil (basado en el Código Civil francés), y de los Códigos Procesales.
El artículo 3539 del C.C. argentino, define cuando una herencia se considera vacante. Esto ocurre cuando luego de la publicación de edictos por 30 días, o luego de terminado el plazo para hacer inventario y [...]

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