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Nulidad del matrimonio
Hilda el 14 de Octubre de 2008 a las 03:01 pmUn matrimonio puede presentar ciertos defectos o vicios que lo invalidan, y alegándose por parte interesada, el matrimonio cesa en sus efectos, a causa de la declaración de invalidez.
La legislación argentina vigente distingue entre matrimonios susceptibles de nulidad absoluta, artículo 219 del Código Civil, pudiendo ser demandada dicha nulidad por cualquiera de los cónyuges, y […]













