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Legislación agraria

Publicado por Hilda

Legislación agrariaEl Código Agrario en Argentina fue anterior al Código Civil; y fue sancionado el 6 de noviembre de 1865 (rigió hasta 1971, actualmente solo hay códigos agrarios provinciales) siendo su autor Valentín Alsina, que regulaba sobre temas de policía agraria, tratando sobre seguridad, higiene, sanidad animal, algunos temas de derecho laboral, y conflictos vecinales.

La legislación agraria en Argentina fue vista como una necesidad ante los cambios que trajo aparejado el siglo XX, con el crecimiento inmigratorio, y con ello las ideas, anarquistas, socialistas y marxistas, el desarrollo de las industrias y el de las ciudades, la concentración económica y la explotación del trabajador rural, que hizo necesario regular normativamente esa actividad con sentido social.

La primera ley de Derecho Agrario moderno, puede ser considerada la 11.170 del año 1921, sobre arrendamientos rurales, que dio a la tierra un valor social, que otorgó estabilidad al trabajador agrario, le aseguró el pago de sus inversiones, la inembargabilidad de sus animales y elementos de trabajo y su libertad de contratación. Esta ley fue modificada en el año 1932, por la ley 11.627 y en 1948 por la ley 13.246, para brindar mayor protección al arrendatario rural. La ley 22.298 del año 1980 modificó nuevamente la ley dejándola como actualmente rige, con menor participación estatal y mayor libertad contractual.

El 30 de septiembre de 1948 se dictó la ley de riqueza forestal bajo el número 13.273, para la defensa de bosques y tierras forestales, que se reformó en 1995. En 1967 se promulgó la ley 17.500 sobre los recursos del mar territorial argentino como propiedad del Estado nacional, mientras que en 1969 la ley 18.502 otorgó a las provincias jurisdicción hasta una distancia de tres millas de sus costas, contadas desde la línea de las más bajas mareas, sobre el mar territorial adyacente a sus costas.

En 1981 se dictó la ley sobre régimen nacional del trabajo agrario número 22.248. La ley 24.080 del año 1992 trata de bosques cultivados, y la ley 20.247 (2004) se refiere a la propiedad de las semillas y de las producciones fitogenéticas.

Tengamos en cuenta que rigen también legislativamente en el territorio argentino los códigos rurales provinciales, con normas de carácter público referidas a cuestiones policíacas, como sanidad vegetal o animal, o registro de marcas y señales.

Algunas normas del Código Civil también se ocupan de la propiedad agraria como el artículo 2326 que nos dice que las cosas no podrán dividirse cuando eso convierta a su uso y aprovechamiento en antieconómico. En el mismo sentido el artículo 3475 bis sobre la división de bienes hereditarios impide la división de bienes si resulta antieconómica.