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Contrato de garage

Publicado por Hilda

Contrato de garageEs un contrato moderno, que consiste en el acuerdo de voluntades entre un propietario o tenedor legítimo de un vehículo y un empresario o garajista, que le alquila un espacio físico para que lo guarde bajo la vigilancia del responsable del garage, pudiendo el dueño o poseedor retirarlo cuando lo desee, a cambio de un precio, que puede ser mensual, diario o por horas según el tiempo por el cual se contrate.

El garajista debe mantener el lugar en situación poder efectuar un adecuado uso, y restituir el vehículo en las condiciones en que se entregó para la custodia. Responde por los deterioros y por el hurto del vehículo. No se comprenden en esta obligación objetos que hubiesen estado dentro del auto pero que no hacen a su estructura, por ejemplo, ropas, bolsos, joyas, etcétera. Su responsabilidad se extiende a complementar el pago que hubiera efectuado la compañía de seguros por el robo.

Aún cuando en los tickets de los estacionamientos se diga que la empresa no se hace responsable por el robo del vehículo, la responsabilidad existe, y la cláusula se tiene por no escrita. Si se pierde el ticket, la empresa debe cobrarle en base a sus registros el tiempo que efectivamente el cliente usó el estacionamiento.

Es un contrato informal que generalmente se efectúa verbalmente. Su naturaleza jurídica es cuestionada. Si se le asigna un lugar fijo sería una locación de cosas, pero cuando el lugar puede ser modificado, la jurisprudencia ha decidido que se trata de un contrato atípico, de los llamados innominados, pues participa de la naturaleza jurídica del depósito comercial (ya que se hace por un precio) y de la locación.