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Clases de constituciones

Publicado por Hilda

La Constitución de un Estado, también llamada Carta Magna, Ley Suprema, madre de todas las leyes, es la ley más importante, pudiendo reconocerse diferentes clases:

1. Escritas o no escritas: La primeras son escritas, sistematizadas en un cuerpo legal único, y establecen los principios generales de organización del Estado, su gobierno y los derechos de los ciudadanos. La ventaja es que al contar con un documento escrito brinda mayor seguridad jurídica ante cualquier duda o reclamo. Las llamadas no escritas o consuetudinarias, como la de Inglaterra, no son completamente no escritas, pues tienen algunas normas dispersas que fijan principios, como la Carta Magna (1215), que consagra los derechos de la población frente a abusos de poder; la Declaración de los Derechos Fundamentales de1689, que limita los poderes reales; y el Acta de la Reforma de 1832. Otro país con Constitución no escrita es Israel (que se rige por una serie de leyes fundamentales) o Nueva Zelanda (que posee una Ley Constitucional que data de 1986). Son más fáciles de adaptarse al paso del tiempo, ya que se conforman por tradiciones y prácticas que va cambiando.

2. Formales y materiales: las primeras son las que se basan en la estructura del texto escrito, y las segundas aluden a la constitución real y vigente en determinado tiempo histórico, tomando no solo el texto escrito sino la dimensión sociológica.

3. Rígidas, flexibles y pétreas: Las primeras requieren para su reforma un procedimiento especial o hacerse por un organismo extraordinario y distinto al de las leyes ordinarias (Estados Unidos, Francia, Guatemala, Venezuela, Argentina y en general todos los países con constituciones escritas. Las segundas permiten su modifican por igual procedimiento que el resto de las leyes, y son propias de países con constituciones no escritas (Inglaterra). Las pétreas no permiten su reforma. Éstas últimas tiene un valor histórico, como pudo serlo el Código de Hammurabi. Lo que sí podemos ver en la actualidad es que ciertos artículos de la constitución no puedan cambiarse como por ejemplo la cláusula que no puede modificarse en la constitución estadounidense es que todos los Estados en el Senado, tengan igualdad de voto.

4. Otorgadas, pactadas o impuestas: Las primeras son concedidas por el Estado absolutista, quien fija unilateralmente los derechos y su propia actuación; las segundas surgen de un acuerdo basado en el pacto social entre gobernantes y gobernados, aunque en una situación de desventaja para los segundos. Las impuestas son las que existen en los Estados democráticos, pues emana del pueblo a través del poder constituyente.