Gabinete de Ministros
Los ministros (palabra latina que significa servidor) son funcionarios que integran el Poder Ejecutivo, y en la República Argentina son colaboradores del Presidente de la Nación y del Jefe de Gabinete. Los ministerios actuales son: el de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional, el de Trabajo y Seguridad social, el del Interior, el de Defensa, el de salud y Acción Social, el de Obras y Servicios Públicos, el de Justicia, el de Economía, y el de Educación.
La figura del Jefe de Gabinete fue introducida en la Constitución Nacional con la reforma de 1994, para deslindar de las funciones presidenciales, las de carácter técnico-administrativo, y que pueda el presidente, concentrarse más plenamente en sus tareas políticas, delegándole funciones al Jefe de Gabinete. La responsabilidad de éste, es no solo ante el Presidente sino también ante el Congreso.
Los artículos 100 a 107 del texto constitucional se refieren al Jefe de Gabinete y al resto de los Ministros, determinando que por una ley especial será determinado el número y la competencia de los ministerios. Su función será la de refrendar y legalizar con sus firma los actos presidenciales, dándoles eficacia y además se ocuparán del despacho de los negocios del estado. La ley que regula este aspecto es la Ley de Ministerios. En el ámbito de su competencia los ministros manejan los fondos respectivos, sin poder tomar ningún tipo de resoluciones en otros aspectos, nombran y remueven a sus agentes, y resuelven recursos administrativos.
Con respecto a los actos que legaliza, cada ministro es responsable individualmente, y con respecto a los que acuerda con sus colegas, es responsable solidario.
Para ser senadores o diputados los ministros deben primero renunciar a sus cargos ministeriales.
Tienen la facultad de concurrir a las sesiones parlamentarias y debatir, aunque no pueden emitir voto. Cada año deben presentar una memoria, o sea, un informe detallado sobre el área de su competencia, al Congreso.
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Hilda el 22 de Enero de 2009Categorías: Derecho constitucional, Derecho político
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