Derecho

La herencia

Publicado por Hilda

La herenciaLa herencia (“hereditas” en latín) es un caso de sucesión, que implica la transmisión de los bienes universalmente considerados, de una persona fallecida a otra viva, que ocupa patrimonialmente su lugar como titular de los bienes. El llamado a recibir estos bienes se denomina heredero y se caracteriza por su vocación a la universalidad, lo que no significa que no puede compartir el acervo sucesorio con otros coherederos, pero si algunos de ellos no puede o no quiere aceptar la herencia, el heredero acrecentará proporcionalmente su cuota hereditaria. En esto se diferencia la herencia del legado que si bien es una sucesión mortis causa lo es a título singular o particular, sobre uno o varios bienes determinados de la herencia.

La herencia puede pasar a manos de los herederos ya sea por voluntad del causante si ha expresado dicho deseo un testamento válido, o en su defecto por imperio legal (sucesión ab intestato).

En la Antigua Roma la herencia cumplía una función no solo económica sino social y religiosa, ya que implicaba que un pater sucedía a otro en el mandato de la familia agnaticia, como jefe supremo de la religión familiar. Además, se establecía en interés de los acreedores, y del propio causante que al tener quien se encargue de sus deudas evitaba en caso de ser insolvente que se lo tachara de infame. El traspaso de las deudas al heredero sucedía solo en caso de los herederos necesarios, que eran los esclavos, ya que a los suyos y necesarios (descendientes directos) se les permitió no hacerse cargo de las deudas si se abstenían de entrar en posesión de los bienes. Actualmente puede aceptarse la herencia con beneficio de inventario.

Ya desde la última época del Derecho Romano se impidió al causante disponer de todos sus bienes por testamento, dejando sin herencia a ciertos herederos llamados forzosos, por su vínculo directo con el testador. Esta institución llamada “legítima” subsiste hasta nuestros días.