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Soberana Orden de Malta

Publicado por Hilda

soberana-orden-de-maltaLa Soberana Orden Militar de Malta u Orden Soberana Militar Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, de Rodas y de Malta, es un organismo no gubernamental, que integra la Iglesia Católica reconociendo la autoridad papal, y posee capacidad jurídica internacional, teniendo su sede, estatuto de extraterritorialidad.

Está facultada para concertar tratados, y mantiene relaciones diplomáticas con la Santa Sede y con treinta y siete Estados; además de hacerlo con organismos internacionales.

Es por lo tanto una comunidad religiosa que nació a fines del siglo XI, y fue aprobada por el Papa en el año 1119, como comunidad hospitalaria, al hacerse cargo un grupo de monjes dirigidos por Geraldus de un hospital ubicado en la ciudad de Jerusalén.

Al sumarse Cruzados a la Orden, ésta adquirió carácter militar, para luchar contra los moros.

Pudieron constituir un Estado propio en el Levante, pero fueron desalojados de allí en el año 1291. De ese lugar pasaron a Chipre, luego a Rodas, y finalmente se instalaron en la isla de Malta, de donde fueron expulsados por Napoleón Bonaparte en el año 1798. Su destino definitivo, fue entonces, la ciudad de Roma.

En la actualidad, su función es esencialmente benéfica: Mantiene y colabora con hospitales, asiste heridos y enfermos en las guerras o en emergencias, y patrocina una organización para la ayuda de necesitados y refugiados.

La Orden se rige por un estatuto dado por el Papa que data del año 1957, cuando fue aprobado por el Consejo de la Orden.

El mando máximo de la Orden lo tiene el Gran Maestre, cargo vitalicio que decide la admisión de los miembros de la Orden, con la aprobación del Soberano Consejo. Otros órganos le prestan asistencia, como el Soberano Consejo, el Gran Canciller, el Gran Comendador, el Hospitalario y el Recibidor del Tesoro Común.

Las personas que componen la Orden están divididas en tres categorías: La primera está constituida por los Caballeros de Justicia y por los Capellanes Conventuales, con votos de castidad, obediencia y pobreza. Reciben tratamiento de Fray pues son religiosos, y de allí se escoge al Gran Maestre entre los Caballeros de Justicia.

Los integrantes de la segunda clase han jurado perfeccionarse en las enseñanzas de Cristo, siendo la tercera clase la que no ha realizado votos religiosos.

Además de estas personas físicas integran la Orden las siguientes personas jurídicas: el Gran Magisterio, las Asociaciones Nacionales, los Grandes Prioratos y Prioratos y los Suprioratos.