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Licencia por nacimiento

Publicado por Hilda

Licencia por nacimientoEn la República Argentina, se le concede al padre en el artículo 158 de la LCT, dos días corridos, por el nacimiento de hijo.

Con respecto a la madre, el artículo 177 de la LCT de acuerdo a la nueva redacción dada por la ley 21.854 del año 1978, establece la prohibición de prestar servicios cuarenta y cinco días antes y luego del parto, aunque la trabajadora puede optar por no gozar de quince días de los cuarenta y cinco de la etapa previa al parto, para acumularlos a los cuarenta y cinco días posteriores. En este caso gozaría de treinta días antes, y sesenta, en el período posterior.

Si el parto se adelantara, toda la licencia no gozada antes del mismo, se acumula a posteriori, hasta completar los noventa días.

En caso de que la mujer deba ausentarse por un lapso mayor, por enfermedad originada en el embarazo o en el parto, comprobada por certificación médica, se amparará en los derechos concedidos por el artículo 208 sobre enfermedades inculpables.

El Estatuto de los Trabajadores en España también concede al padre dos días por nacimiento de hijo (art. 37 inc. 3b). La licencia por maternidad, de acuerdo al inciso 4 del artículo 48, es la más corta dentro del continente europeo, siendo de dieciséis semanas, que en caso de parto múltiple se amplían a dieciocho. La distribución del período depende de la voluntad de la madre, pero siempre seis semanas deben ser posteriores al alumbramiento. En caso de fallecer la madre, podrá el padre usar de este derecho.

Si ambos padres trabajan, puede la mujer al iniciarse la licencia, optar de que sea el padre quien goce hasta cuatro de las dieciséis o dieciocho semanas, al final del período, e ininterrumpidas, excepto que suponga un riesgo para la salud de la mujer.

También se concede una licencia en este caso de ocho semanas en caso de adopción de un menor de nueve meses. Si cuenta con más de nueve meses y hasta cinco años, el período es de seis semanas. Solo uno de los padres podrá gozar de este derecho, si ambos trabajan.