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Requisa personal

Publicado por Hilda

Requisa personalLa requisa personal es un medio accesorio de prueba, de tipo coercitivo, pues se realiza de modo compulsivo si no hay consentimiento de quien se pretende requisar, y en su caso se procede al secuestro de las cosas obtenidas, que pueden servir como prueba de un delito. Es utilizada muchas veces para detectar casos de tráfico de estupefacientes.

Se aplican a ésta, las mismas normas que rigen para el allanamiento domiciliario, en este caso referido a encontrar cosas en el propio cuerpo de la persona sospechada como delincuente o encubridora, en sus ropas o en cosas que estén en su poder, como carteras, bolsos, paquetes, etcétera, o en el vehículo en que se moviliza. Se incluyen también las que se efectúen en vehículos de transporte público de pasajeros.

Es un medio que debe usarse muy restrictivamente, salvaguardando el pudor de la persona y sus garantías constitucionales.

En el Código Procesal Penal argentino se dispone en el artículo 230 que el Juez que ordene una requisa personal, lo haga por decreto fundado, y sólo cuando existan suficientes motivos para presumir que en su cuerpo o en sus pertenencias existan cosas vinculadas a un delito. Previamente se le debe invitar al sospechoso a que exhiba tales objetos.

Las mujeres serán requisadas por otra mujer, y en todos los casos se harán en forma separada, para respetar el derecho al pudor.

Realizado el procedimiento debe confeccionarse un acta, que el requisado deberá firmar, y si se negare, deberá indicarse los motivos. Aún cuando la persona se negara (salvo que existan justas causas para ello) la requisa se efectuará igual.

El artículo 230 bis, incorporado por la ley 25.434 del año 2001 dispone la posibilidad de efectuar requisa sin orden judicial, la que podrán llevar a cabo los policías y miembros de las fuerzas de seguridad, exigiéndose que tales medidas sean justificadas por circunstancias anteriores o concomitantes, que se realicen en la vía pública, o en sitios de acceso público. Del resultado se labrará acta y se informará de inmediato al juez.

Puede realizarse también la inspección de vehículos en operativos de prevención públicos.