Derecho
Inicio Derecho Romano Provocatio ad populum

Provocatio ad populum

Publicado por Hilda

Provocatio ad populumNo hubo en Roma leyes procesales claras que regularan el proceso penal como sí las hubo en el ámbito civil. Al principio, la autoridad encargada de juzgarlos, fue el pater o los pontífices, siendo el Rey, durante la Monarquía, la máxima autoridad judicial en materia penal.

Se aplicó, la “provocatio ad populum” en los procesos criminales romanos, donde estos delitos graves y que afectaban, no a una persona en particular, sino a la sociedad en su conjunto, podían ser denunciados desde los inicios de la República por cualquier ciudadano, ante los magistrados “cum iurisdictio”: los cónsules, pretores o tribunos de la plebe, cuando los plebeyos también pudieron contar con sus propios magistrados; o podían ser perseguidos aún de oficio. Luego fueron creándose magistrados especiales para entender en ciertos delitos.

Estos delitos eran el “parricidium” o asesinato de un pariente, el “perduellium”, que castigaba a los traidores a la patria, el incendio, el perjurio, el soborno al juez, la hechicería. Luego se incorporaron el adulterio, el estupro, el incesto etcétera.

La “Lex Valeriae de provocatione” que lleva ese nombre por el Cónsul P. Valerio Publícola, quien fue el que la rogó en el año 300 a. C, estableció que las decisiones de los magistrados que imponían penas capitales, podían ser apelables ante el pueblo, reunido en comicios centuriados´El fundamento era que todo el pueblo resultaba ofendido por tales delitos, y además, para limitar el poder de los gobernantes, y no caer en los abusos cometidos durante la Monarquía. Las multas superiores a ciertos montos también podían someterse a esta institución, y eran los comicios por tribus los que se ocupaban de esta “provocatio”.

La “provocatio ad populum” no procedía contra las decisiones del Dictador. Con el Principado esta institución desapareció.