El Digesto de Justiniano
El Digesto, cuyo significado es en latín: “distribuido en forma sistemática” es una de las partes más importantes de la compilación efectuada por el emperador Justiniano en el Corpus Iuris Civilis. Allí reunió los iura o sea, las opiniones de los jurisconsultos, sin darles a los juristas ningún orden de prelación, como sí había hecho la Ley de Citas, aunque las opiniones de los juristas incluidos en ella, fueron los más consultados
La obra se inició el 15 de diciembre del año 530, cuando Justiniano dictó la constitución Deo auctore (llamada así pues se comienza invocando a Dios creador) o De conceptione Digestorum, por la cual le fue encomendada la labor al cuestor de palacio, Triboniano, a quien se facultó para elegir a sus colaboradores.
Fueron estos colaboradores, Teófilo y Cratino (pertenecientes a la escuela de Constantinopla); Doroteo y Anatolio (de la escuela de Berito) más otros doce juristas.
Fue una obra colosal que demandó solo tres años, donde fueron objeto de consulta por lo menos mil doscientos sesenta y cinco textos de juristas que gozaban del ius publice respondendi que estaban vigentes, fundamentalmente extraídos de la biblioteca de Triboniano, siendo Ulpiano uno de los más consultados.
Se facultó a la comisión a los fines de evitar contradicciones y repeticiones a que pudieran realizar en los textos clásicos añadiduras y supresiones,
La constitución Tanta, ordenó su publicación en latín y griego en diciembre del 533.
El Digesto, también conocido como Pandectas en su denominación griega (“colección que lo contiene todo”) fue estructurado en cincuenta libros, que salvo los que tienen un solo título (los que llevan los números treinta a treinta y dos) están divididos en títulos. Estos a su vez se divide en fragmentos, con partes de obras de los jurisconsultos.