Derecho
Inicio Derecho comercial Auxiliares de Comercio

Auxiliares de Comercio

Publicado por Hilda

Auxiliares de comercioSe llaman así a los colaboradores del comerciante en su trabajo habitual. Pueden ser autónomos que actúan por su propia cuenta, sin cobrar un salario fijo, sin recibir órdenes del comerciante, ni cumplir horarios preestablecidos, y cobrando honorarios o comisiones por venta, o subordinados que dependen laboralmente del comerciante, acatando sus órdenes y percibiendo un salario.

De manera solo enunciativa el Código de Comercio argentino, los enumera en su artículo 87, no previendo gran cantidad de importantes casos, como los viajantes de comercio, los agentes de bolsa, los corredores de seguro y de cambio, los agentes de viaje, los despachantes de aduana y los auxiliares del comercio marítimo.

Los enumerados en el Código citado son:

Los corredores de comercio (auxiliar autónomo cuya función es facilitar el contacto entre las partes, vendedor y comprador, certificando su identidad y capacidad) requiriéndose tener 21 años con residencia de por lo menos un año en el lugar donde ejerzan sus funciones y haber desempeñado el comercio con honradez. Por ejemplo, cuando nos dirigimos a una inmobiliaria para comprar una propiedad, actuando esta como intermediario entre comprador y vendedor, brindando confianza al acto.

Los rematadores o martilleros: Intervienen en remates o subastas públicas, que pueden ser encomendadas por los propios particulares, o determinadas por sentencia judicial.

Barraqueros y administradores de casas de depósitos, con obligaciones propias de los depositarios, llevando un libro de la entrada y salida de los artículos depositados, debiendo conservarlos, cuidarlos y otorgar recibos, ya que son responsables de su custodia.

Los factores (personas encargadas de la administración de los negocios, o de uno en particular del comerciante, como mandatario suyo) o encargados (al frente del establecimiento pero sin mandato del comerciante, siendo solo un empleado de mayor jerarquía) y los dependientes de comercio (empleados de menor jerarquía)

Acarreadores, porteadores o empresarios de transportes: Actúan en el ámbito del transporte de mercaderías.

Además agregaremos:

Comisionistas o consignatarios: actúan en nombre propio pero por cuenta ajena.

Despachantes de aduana: Intervienen en los trámites y diligencias de la importación y exportación de mercaderías y en trámite aduaneros.

Corredores de cambio: colaboran en la compra-venta de divisas o monedas extranjeras, autorizados por el Banco Central.