Obligaciones mancomunadas
Las obligaciones mancomunadas son tratadas en los artículos 690 a 723 del Código Civil argentino, comprendiendo las obligaciones simplemente mancomunadas y las solidarias, ambas con más de un deudor y/o más de un acreedor. De las primeras ya nos hemos ocupado, así que ahora trataremos de las simplemente mancomunadas (arts. 690 a 698). Las obligaciones […]