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Matrimonios simulados

Publicado por Hilda

Se llaman matrimonios simulados, o por conveniencia, a aquellos que guardan todas las formas y reúnen los requisitos exigidos por la ley, pero no se efectúa el acto jurídico con fines de conformar una unión afectiva y consolidar una pareja o familia, sino por fines privados, que traen consecuencias sociales indeseadas, violando la finalidad de ciertas instituciones jurídicas, con fines de lucro u otros, de índole personal.

Los matrimonios actuales no exigen comprobar que la pareja inicia a partir de dar su consentimiento, una cohabitación efectiva, ni que existe entre ellos amor sincero; como sí se requería en la antigua Roma, donde no se concretaba la unión en un acto único y formal ante la autoridad competente, sino que se necesitaban los elementos de cohabitación (que la mujer viviera en el domicilio del marido) y la “affectio maritalis”, respeto y consideración entre ellos y sus respectivas familias.

La finalidad del matrimonio fue, desde sus inicios, regular las prácticas sexuales, y, especialmente, proteger a los hijos nacidos de esa unión, estando también la mujer, al no trabajar ni participar en la vida política, bajo el mando su esposo que la mantenía y representaba. Con el correr del tiempo, los cónyuges fueron adquiriendo más autonomía, pero también el matrimonio les siguió generando ciertos derechos, como el cobro de pensiones, ante el fallecimiento del cónyuge trabajador, tener su seguro de salud o a adquirir la ciudadanía de éste, motivos por los cuáles, al no necesitar comprobar, lo que sucede luego de casarse, muchos han usado y usan este recurso, para adquirir esos derechos, sin estar vinculados de manera real y práctica, con su cónyuge, en lazo matrimonial, viviendo en diferentes domicilios, por ejemplo.

La voluntad se emite, pero viciada, ya que se está dispuesto a contraer matrimonio, pero no en cuanto a las obligaciones que se adquieren, sino solo con respecto a ciertos derechos, que resultan, muchas veces, en perjuicio del Tesoro público o en violar leyes migratorias.

Si bien pueden existir sospechas y presunciones sobre la existencia de matrimonios simulados, al ser la finalidad, algo de la esfera íntima, ofrece muchas dificultades probatorias. En la Unión Europea, puede denegarse el matrimonio por parte de los correspondientes Registros, cuando, por ejemplo, se compruebe que no hablan la misma lengua o que no conocen los datos personales del otro contrayente al momento de querer casarse o que se pruebe que alguno de ellos recibió del otro una cierta suma de dinero, sin poder explicar la causa. Estos indicios, comprobados de modo fehaciente, podrían hacer suponer objetivamente, tras una entrevista previa con ambos contrayentes por separado, que el motivo es que uno de ellos quiera adquirir la nacionalidad del otro. Ante la denegatoria administrativa, cabe recurrir a la vía judicial. De probarse la simulación, podría incurrirse en un delito penal, de favorecer la inmigración ilegal.

En Colombia, la Corte Suprema de Justicia, consideró simulado el matrimonio entre una mujer de 28 años y un hombre de 95, celebrado en Cali, en 2006, y le quitó a la “esposa” el derecho al seguro de vida de renta vitalicia.