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El trabajo de menores en América Latina

Publicado por Hilda

Se considera menor toda persona que no ha cumplido la edad de 18 años. A partir de esa edad, en la que se alcanza en general la mayoría de edad en todos los países de la región, trabajar se convierte en un derecho, que debe ejercerse en condiciones dignas y dentro del marco de la legalidad.

Los niños (considerándose niños a los menores de 18 años) no deberían trabajar, pues esto les impide la igualdad de oportunidades con respecto a sus pares; que pueden lograr mayor calificación en sus empleos futuros con una mayor formación académica, la que verán restringida por razones de tiempo, los que deban estudiar y trabajar en forma conjunta.Además, un niño que trabaja no goza de tiempo para su sano esparcimiento.

Actualmente, los niños tienen protección legal, gracias a leyes nacionales y tratados internacionales con respecto a sus derechos, entre los cuáles se les prohíbe trabajar antes de cierta edad; y luego pueden hacerlo, pero en condiciones especiales. La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, en el artículo 32 compromete a los Estados a impedir la explotación infantil y a que no arriesguen sus vidas o su salud al trabajar, ni que con ello comprometan su desarrollo integral. En el artículo 2, del Convenio 138 de la OIT se exige que se debe terminar la educación obligatoria, recomendándose que no se trabaje antes de los 15 años, permitiendo en los países más pobres, hacerlo desde los 14, tal como ocurre en Paraguay.

Sin embargo, que los menores trabajen es una realidad, a veces por su propia decisión pues desean adquirir independencia económica con respecto a sus padres; lo cual es positivo si el trabajo que desempeñan es de pocas horas, sin demasiado esfuerzo y diurno; y siempre a partir de cierta edad. Pero en otros casos, trabajar es una imperiosa necesidad personal y familiar debido a las carencias económico culturales de quienes están obligados al sustento del menor, el que se ve obligado a trabajar desde edades demasiado tempranas, resignando su niñez y sus expectativas un futuro mejor.

En América Latina, según estimaciones de la OIT, trabajan unos 11.000.000 de menores de ambos sexos, siendo más los varones que las niñas, y en especial los que viven en zonas rurales. También es preocupante la falta de protección, ya que al ser ilegal la contratación de menores, se manejan dentro de la economía informal, sin ningún tipo de resguardo. La OIT se ha fijado como meta, erradicar el trabajo infantil parcialmente (formas más penosas) para 2015 (no se logró, aunque sí disminuyó) y eliminarlo totalmente para el año 2020.

En Argentina, el trabajo en actividades no peligrosas y no más de seis horas diurnas se permite a partir de los 16 años; en Uruguay desde los 15, y en Paraguay desde los 14. En Brasil se permite a los menores desde los 14 años, trabajar, pero solo en calidad de aprendices. La regla general es a partir de los 16 años.