Caducidad de la ley
Las leyes se dictan para una sociedad concreta en un momento histórico determinado, y atendiendo a necesidades de un específico contexto. Esas circunstancias pueden variar, haciendo que tales leyes resulten inaplicables. Puede suceder que esas leyes sean derogadas por una ley posterior que expresamente así lo disponga, o tácitamente si la nueva ley dispone un contenido opuesto en forma irreconciliable con la ley anterior.
Pero aún sin que se dicte una ley posterior, una norma válida puede dejar de ser acatada por la sociedad en su conjunto, sin ninguna sanción, y sin que se la derogue. En este caso a pesar de continuar vigente, se produce su caducidad por la fuerza de la costumbre. También si resulta absurda la aplicación de dicha ley se dice que ha caducado.
Autores como Hans Reichel dicen que el juez no debe decidir las cuestiones en base a la ley, y debe dejar de lado su aplicación si ha sido derogada por la costumbre, si las circunstancias han operado un cambio tal que aplicar dicha norma resultaría absurdo, y si la norma y la moral de la época resultan incompatibles.
Sin embargo son casos excepcionales aquellos en que se produce la derogación de la ley por la costumbre ya que el propio Código Civil estable que la costumbre no puede ser creadora de Derecho salvo cuando a ellas se refieran las leyes. Sin embargo la duda se suscita pues la ley 17.711 suprimió del artículo 17 el texto que decía que las leyes pueden sólo ser derogadas por otras leyes, total o parcialmente. Por supuesto la seguridad jurídica hace que tomemos muy restrictivamente esta posibilidad de aceptar costumbres que puedan hacer caducar leyes.
No hay que confundir este tema de la caducidad de las leyes en general, con la llamada “Ley de Caducidad” dictada en Uruguay, que lleva el nº 15.848, que declaró la amnistía de los represores que violaron los derechos humanos durante la dictadura militar que ensangrentó el país en el período entre 1973 y 1985, y a la cual se pretende anular. Fue declarada inconstitucional por el Poder Ejecutivo y también por la Asamblea Nacional. Falta aún la decisión del más alto tribunal de justicia.