Actos de Comercio
Dentro de los actos jurídicos, con los cuales comparten todas sus características por ser una especie de ellos (son voluntarios, de carácter lícito, y tienen por finalidad crear, modificar o extinguir derechos) los actos de comercio, agregan ciertas particularidades que los convierte en tales: la participación como intermediarios entre la elaboración de bienes y su circulación, y el fin de lucro que acompaña a esa actividad.
Ser o no acto de comercio, tiene importancia, con respecto a la legislación aplicable. Si lo son, estarán regulados por el derecho comercial o mercantil, de lo contrario, de les aplicarán las normas civiles.
En Italia y Suiza solo los que revisten la calidad de comerciantes o empresarios quedan sujetos a reglamentaciones especiales del derecho mercantil. El resto de las cuestiones tienen un régimen único, que caen dentro de la ley común por considerar que no existe en realidad diferencias sustanciales entre el derecho civil y comercial, mantenida esta diferenciación por razones históricas.
Definir el acto de comercio, dando sus características esenciales que los distingan de los civiles es casi una tarea imposible (es por eso que Italia y Suiza no los consideraron una categoría especial) ya que el legislador ha adoptado diversos criterios para otorgarles ese carácter.
Existen dos criterios para reconocer un acto de comercio:
El criterio objetivo: tenido en cuenta, aunque no de modo excluyente, por España, Chile, México y Argentina, entre otros países, toma en consideración los actos enumerados a modo enunciativo por la ley. Enunciativo es lo contrario de taxativo. Esto significa que la enumeración no es rígida, como sí ocurriría en una enumeración taxativa, pudiendo incorporarse como actos de comercio, otras situaciones. Esto surge del propio artículo 8 del Código de Comercio argentino (que tomaremos como referente) que luego de enumerar distintos supuestos de actos de comercio, declara en su inciso 11 que también lo serán otros actos mencionados en ese código, o en leyes complementarias.
Entre los casos expuestos por dicho Código, se enumeran:
1.- Por su naturaleza: son actos de comercio, aquellos que producen modificaciones patrimoniales en virtud de adquisiciones o transmisiones de bienes por ventas, permutas o cesiones, de cosas muebles, materiales o inmateriales (créditos, derechos intelectuales, marcas, etcétera), que se realicen a título oneroso (no gratuito) con finalidad de ganancia o lucro, aunque éste no se logre, con destino a su enajenación, en el mismo estado en que se adquirió o con modificaciones que modifiquen su valor.
El artículo 451, incluye entre las cosas muebles, la compraventa de monedas metálicas, las acciones de compañías, los títulos de fondos públicos y los papeles de crédito comerciales. Por el artículo 857, lo son, los barcos, buques y las embarcaciones menores. Por la ley 11.867, se incluyen los fondos de comercio. Las aeronaves están comprendidas, de acuerdo al Código Aeronáutico. En este caso se trata de cosas muebles de mayor importancia, en las que se exige su registración. También se reputan comerciales los actos accesorios de una actividad comercial (cartas de crédito, prendas, fianzas, etcétera).
La compra venta de inmuebles, en la legislación argentina, no constituye acto de comercio, pero actos de comercio como el remate, seguro o corretaje, pueden tener a los inmuebles como objeto.
En el caso de los inmuebles por accesión, que sean accesorios de un comercio, por ejemplo, las instalaciones fijas de un negocio, pueden constituir un acto de compra-venta mercantil.
2.- Por el tipo de actividad y los sujetos intervinientes, son actos de comercio, las operaciones de cambio (compra-venta de moneda extranjera) y las operaciones bancarias, realizadas con la intermediación de una institución dedicada al comercio de dinero. También se incluyen las operaciones de corretaje, en la cual actúan personas llamadas corredores, que se dedican a acercar a las partes (comprador y vendedor) haciendo de intermediarios en la actividad comercial; y las operaciones de remate.
Las actividades de los auxiliares de comercio, son comerciales, si se trata del negocio para el cual prestan su actividad.
Son actos de comercio, los realizados por las fábricas que transforman la materia prima en manufacturas (producto elaborado) y los que realizan las empresas o personas transportando mercaderías; los de comisiones o mandatos comerciales, y los que realizan las empresas de depósito.
Las actividades destinadas a la producción agropecuaria, extractiva, y los trabajos públicos, no se consideran actos comerciales.
Las sociedades comerciales, pueden realizar actos civiles o comerciales, según la naturaleza de los mismos, y lo que determine la ley.
3.- Por el uso de documentos comerciales: El hecho de utilizar títulos de crédito o papeles de comercio (cheques o pagarés) en una negociación, convierte a ésta en un acto de comercio, aún cuando las partes intervinientes no sean comerciantes.
El criterio subjetivo, considera actos de comercio a los realizados por los comerciantes. Por lo tanto, todo acto realizado por una persona que revista la calidad de comerciante, se presume comercial. En el derecho argentino, además de los actos de comercio realizados por los comerciantes, que se presumen comerciales, quedan dentro de la legislación mercantil, los enumerados anteriormente, que aún realizados por no comerciantes, tendrán que cumplir esas disposiciones. Este es el criterio de la mayoría de los países.
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Hilda el 27 de Abril de 2008Categorías: Derecho comercial
32 comentario/s hasta el momento















30 de Mayo de 2008 a las 5:01 pm
QUE TIPO DE ACTOS DE COMERCIO O ACTOS JURIDICOS, REALIZA UNA INMOBILIARIA EN LA VENTA O ALQUILER DE BIENES INMUEBLES?
31 de Mayo de 2008 a las 7:31 am
Hernán, las inmobiliarias cumplen una función de acercamiento de las partes, que se llama corretaje, ya que ellos son corredores, y son agentes auxiliares de comercio, aún cuando el acto de compra-venta de inmuebles sea de derecho civil.
4 de Junio de 2008 a las 8:26 pm
El contenido del Art. 8 de Codigo de Comercio es ENUNCIATIVO O TAXATIVO? ¿PORQUE?
5 de Junio de 2008 a las 6:05 am
Luciana, es enunciativa. La diferencia es que una enumeración enunciativa, indica que pueden incluirse otros casos, además de los expuestos en el artículo. Si fuera taxativa, serían esos, y no podrían incluirse otros. El inciso 11 te da una pista cuando te habla de los demás actos especialmente legislados en este Código. En esos demás actos, que no se enumeran te demuestra que no se agotan los casos en los presentados en el artículo.
10 de Agosto de 2008 a las 7:53 pm
¿como se clasifican los actos de comercio
y para que funcionan?
29 de Agosto de 2008 a las 2:32 pm
una transferencia de un jugador de futbol representa un acto comercial? y por que?… es para un trabajo de la facu para entregar el liunes proximo
29 de Agosto de 2008 a las 5:23 pm
Valeria, es comercial, pues persigue un fin de lucro, y es habitual que los clubes realicen estas actividades, reuniendo así las características esenciales de los actos de comercio.
5 de Septiembre de 2008 a las 11:48 am
hola, disculpa pero estoy en un apuro, necesito saber si una empresa q compra poductos a otro empresa realiza actos comerciales.
y un corredor en calida de que intervine?? porfis es para mañana
5 de Septiembre de 2008 a las 5:16 pm
Violeta, sí todos los actos de los comerciantes se suponen comerciales. Los corredores de comercio son auxiliares de comercio. Buscá el desarrollo del tema con ese nombre: “Auxiliares de comercio” usando el buscador interno que está a tu derecha.
11 de Septiembre de 2008 a las 8:30 am
queria saber si lo expresado en el art 979 del c.c es taxativo o enunciativo¿?
necesito saber urgente!! es para un trabajo de la facu..gracias!
11 de Septiembre de 2008 a las 11:59 am
Leo es enunciativo. Para completar la información usá el buscador interno y escribí “instrumentos públicos”
29 de Septiembre de 2008 a las 4:08 pm
¿Que situaciones que costituyen adtos que no son del comercio?
30 de Septiembre de 2008 a las 8:23 pm
regalar una golosina es un simple hecho o hecho juridico? por favos es para mañana para un trabajo
30 de Septiembre de 2008 a las 8:34 pm
que es la accion pauliana?
30 de Septiembre de 2008 a las 8:36 pm
que son los hechos juridicos
1 de Octubre de 2008 a las 8:29 am
Mariela, hacé click en el artículo, donde dice actos jurídicos en azul, y te lleva a “hechos y actos jurídicos”
1 de Octubre de 2008 a las 8:32 am
La acción pauliana, podés encontrarla usando el buscador interno, arriba a la derecha.
2 de Octubre de 2008 a las 9:24 pm
Si un hacendado vende toda su cosecha a un hipermercado quien lo adquiere para donarlo a una institucion de beneficiencia, es un acto comercial o civil?
Gracias
3 de Octubre de 2008 a las 5:59 pm
Natalia, los actos de los comerciantes se presumen comerciales, pero en este caso no lo sería, pues le falta el ánimo de lucro
23 de Octubre de 2008 a las 3:20 pm
Hola, buenas tardes… soy de venezuela… necesito si me podrian decir cual es la caraterizacion de los actos de comercio…
27 de Octubre de 2008 a las 2:06 pm
hola hilda buenas tardes….. cual es la importancia del los actos de comercio
28 de Octubre de 2008 a las 5:17 am
Mila, lo tienes contestado en el segundo párrafo del artículo
3 de Noviembre de 2008 a las 3:52 pm
primero que todo buenas tardes. necesito que m respond por favor a esta pregunta. actos de comercio esencial
9 de Noviembre de 2008 a las 4:41 pm
hola,saludos a todos, gracias por el maravilloso sitio ayudenme por favor con la pregunta: De acuerdo a joserand que se requiere para que el hecho humano voluntario lìtico se convierta en acto jurìdico.
27 de Abril de 2009 a las 2:28 pm
En el art 8, inciso 3 se excluye de la comercialidad el remate judicial que dice ser una acto procesal, ¿por que interviene este decrecho(el procesal)?
29 de Abril de 2009 a las 10:29 pm
Excelente el sitio lo consulto siempre….mi pregunta es hay algun articulo donde este bien explicado todo el art. 8 del Código de Comercio ?
30 de Abril de 2009 a las 1:34 pm
LO ESTOY BUSCANDO Y NO LO ENCUENTRO , ENTIENDO QUE EL INCISO 9 DEL ART. 8, ES EL QEU FUE MODIFICADO POR LA L.C.T, SI TE SIRVE DE ALGO ESPERO PODER AYUDARTE!!
14 de Mayo de 2009 a las 1:24 am
hola necesito saber si un prestamo de dinero de una entidad bancaria a una empresa comercial es un acto de comercio
21 de Mayo de 2009 a las 8:57 pm
Necesito la explicación del Artículo 8 del Acto de Comercio. Especialmente del inciso 2 , 3 , y 11.
Dónde lo puedo conseguir. Por favor contesten. Gracias.