Derecho

Artículos en "Parte general"

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Actos involuntarios

Publicado por Hilda

Al contrario de lo que sucede en los actos voluntarios, los involuntarios son aquellos ejecutados sin discernimiento, intención y voluntad, siendo no responsables en principio, sus autores por tales actos (art. 900 C.C. argentino). Por lo tanto el autor involuntario de un acto jurídico no tendrá que afrontar sus consecuencias jurídicas. Los actos de estos […]

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Consecuencias jurídicas

Publicado por Hilda

Toda consecuencia en el ámbito jurídico posee, como en los demás sectores de la realidad, una causa que los origina, o más frecuentemente con varias causas entrelazadas, no todas ocurridas al unísono, y tampoco con la misma incidencia en la producción del resultado. Averiguar las causas por las que un sujeto actuó voluntariamente, y cometió […]

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Responsabilidad contractual

Publicado por Hilda

La responsabilidad contractual es una forma de responsabilidad civil que consiste en hacerse cargo de las consecuencias que surgen para el deudor por haberse obligado voluntariamente, con respecto a su acreedor en virtud de un contrato, que genera obligaciones recíprocas en caso de los contratos bilaterales o sinalagmáticos, o para una sola de las partes […]

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Actos voluntarios

Publicado por Hilda

En otro artículo hemos distinguido los actos de los hechos jurídicos, siendo los actos una especie del género, hechos jurídicos. Refiriéndose a éstos últimos, el artículo 897 del Código Civil argentino nos dice que se juzgarán voluntarios, los hechos realizados con discernimiento, intención y libertad. Por lo tanto, si falta uno de estos tres elementos […]

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Manifestación de la voluntad

Publicado por Hilda

La voluntad, para tener consecuencias jurídicas, necesita exteriorizarse. Así lo consagra el artículo 913 del Código Civil argentino al decir que los hechos solo serán voluntarios si se manifiestan por un hecho exterior. Las formas en que la voluntad se manifiesta las expone el artículo 915 que dice que puede ser 1. Formal o no […]

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