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Atribuciones del Presidente

Publicado por Hilda

En los sistemas presidencialistas, cuyo modelo es el Estados Unidos, seguido por casi todos los países latinoamericanos, las repúblicas dividen en tres sus poderes, pero el jefe del Poder Ejecutivo, llamado Presidente, es a la vez Jefe de Estado y Jefe de Gobierno.

Las atribuciones, facultades o prerrogativas del Presidente de la nación en la República

Argentina están contenidas en el artículo 99 de la Constitución Nacional.

Allí se lo designa como jefe nacional supremo, o sea que es quien la representa ante otros países en máximo grado (Jefe de Estado) pudiendo firmas tratados y hacer otras negociaciones; pero es además Jefe de Gobierno, pues decide la política a llevarse a cabo durante su gestión, y en cuánto ello elabora un plan para la administración y puesta en macha de dicho plan, impartiendo directivas, siendo el responsable político.

Puede emitir decretos para reglamentar las leyes, e interviene en la formación de éstas, mediante el envío de proyectos legislativos al Congreso, vetando total o parcialmente los proyectos de ley, por considerarlos inconstitucionales, no oportunos o inconvenientes. Por necesidad y urgencia, si no puede esperarse el trámite normal para la elaboración de las leyes, puede establecer medidas por decreto, salvo en materia penal, tributaria, electoral o sobre partidos políticos.

Tiene también a su cargo el nombramiento de los Jueces que integran el máximo tribunal del país (la Corte Suprema de Justicia) y los de los tribunales federales inferiores, con acuerdo del Senado.

Puede indultar (perdonar) o conmutar (cambiar) penas, otorgar jubilaciones, pensiones, retiros o licencias de acuerdo a las disposiciones legales nacionales; nombrar con acuerdo del Senado a jueces, embajadores y oficiales superiores de las fuerzas armadas; y por sí solo, a sus ministros y al Jefe de Gabinete (a quien controla en su gestión de recaudador de rentas y puede pedirle todo tipo de informes de su gestión), a agentes consulares y otros empleados.

Abre las sesiones del Congreso todos los años, y puede prorrogar sus sesiones ordinarias, o convocarlo a reuniones extraordinarias.

Posee poderes militares (es comandante en jefe de las fuerzas armadas, dispone de ellas, y declara la guerra).

Declara el estado de sitio e interviene las provincias o la ciudad de Buenos Aires, estando el Congreso de receso.