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Trabajo por equipos

Publicado por Hilda

Trabajo por equiposEl decreto reglamentario 16.115/33 de la Ley de Jornada de Trabajo 11.544 (Argentina) define el contrato de equipo como aquel que se conforma con un número cualquiera de trabajadores en una misma banda horaria, y cuyo servicio no puede interrumpirse y también como aquel formado por obreros o empleados en una cantidad cualquiera, que ejerzan su tarea coordinadamente dependiendo el trabajo de uno, del de los otros. Es por eso que debe hacerse en turnos sucesivos y rotativos.

A esta modalidad de trabajo, el trabajo por equipos, al que equipara el de turnos rotativos, se refiere el artículo 202 de la Ley de Contrato de Trabajo, vigente en Argentina que lleva el número 20.744. Se remite a lo dispuesto por la ley 11.544, sobre jornada de trabajo ya citada, que en su artículo 3 inciso b, establece que el contrato por equipos, al que asimila el de turnos rotativos, es una excepción a la jornada normal de duración de trabajo, o sea de 8 horas por día, o 48 por semana.

En el trabajo por equipos se admite una prolongación de estas jornadas pero con un límite proporcional, que es el siguiente: que se haga un término medio, tomando al menos tres semanas de labor, y ese resultado no podrá superar las 8 horas diarias o 48 semanales.

Ya la Convención de Washington de 1919 aludía al trabajo por equipos, pero fundaba la excepción en razones técnicas y económicas y no por hacerse en turnos sucesivos y en forma continuada. Esto implica que los equipos se formaban por la naturaleza propia de la explotación, que impedía la interrupción del servicio, ya que de lo contrario importaría importantes perjuicios.

El artículo 202, modificado, ya que originalmente lo trataba junto al trabajo nocturno e insalubre, no limita el caso a las necesidades técnicas y económicas, como la Convención de Washington, sino que también puede basarse en conveniencias económicas o para asegurar la continuidad empresaria. Continúa expresando el artículo 202 que estos trabajadores al término de la rotación cíclica y dentro de la funcionalidad del sistema, tendrán un descanso semanal.

Que se interrumpa la rotación al culminar cada ciclo, no impide que se lo califique de trabajo por equipos.