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Historia del Derecho Penal

Publicado por Hilda

El Derecho Penal como rama del Derecho es muy antigua, pues el ser humano sintió la necesidad de que quien ocasionara un daño a otro fuera castigado, por un sentimiento natural de búsqueda de justicia, que en sus comienzos se confundió con el de venganza.

Las primeras prohibiciones a las conductas tuvieron carácter mágico a través de los tabúes, cuya violación traía aparejado en general, un castigo colectivo para toda la tribu.

Las primeras normas, basadas en la costumbre, dejaban a la víctima del delito o a sus familiares o al clan al que pertenecía, la imposición del castigo, generando en ocasiones guerras entre clanes; no guardando proporción muchas veces la pena con el daño, imponiéndose de este modo la venganza privada, y penándose con la muerte delitos leves.

Luego la venganza dio paso a la posibilidad de la reparación dineraria. Por ejemplo, en la antigua Roma, el pater podía liberarse de entregar a su filius o su esclavo a la familia de la víctima del daño, ofreciendo una reparación económica.

Un paso fundamental en la eliminación de la venganza privada, o justicia por mano propia, lo constituyó la Ley del Talión: “Ojo por ojo y diente por diente” donde el castigo tenía íntima conexión con la gravedad del hecho ilícito cometido. El Código de Hammurabi en Babilonia, la Ley Hebrea y la Ley de las XII Tablas de los romanos, aceptan esta proporcionalidad. Ya no es ahora el propio interesado o su familia los que gradúan la pena, sino que está determinada legalmente.

A fines de la República romana, la justicia pasa de ser privada a pública, cuando las leges judiciorum publicirum crearon tribunales para conocer de los delitos que ellas tipificaban.

En la Edad Media, por influencia de la iglesia y el Derecho Canónico, pasan a homologarse los pecados con los delitos, al menos en la práctica.

El rey español Alfonso X, en la Séptima Partida, del año 1265, establece penas muy duras, que incluyen la muerte, el destierro, las torturas, la confiscación de bienes, los trabajos forzados, etcétera.

El siglo XVIII y su ideario iluminista trajeron nuevos modos de concebir el Derecho penal. Fue Beccaria en su obra “Dei Delitti e delle Pene”; en español “Del delito y de la pena” quien fijó el principio de que las leyes son la únicas capaces de imponer las penas para los delitos que describen, que deben guardar proporción con la gravedad del mismo. Sus ideas más destacadas son la humanización de las penas, proponiendo entre otras medidas, la supresión de la tortura.

La Escuela Clásica, basada en la existencia del Derecho Natural, que rige por encima del Derecho Positivo, poniéndole límites e inspirando su contenido, tuvo su máximo representante en Francesco Carrara (1805-1888). En su “Programa de Derecho Criminal” de 1859, expuso que la razón debe primar sobre las normas legales. Funda la responsabilidad criminal en el libre albedrío, por lo cual declara la inimputabilidad de aquel que no actuó pudiendo elegir.

En el siglo XIX, Augusto Comte (1798-1853) sienta las bases del positivismo, que privilegia los hechos, sin cuestionar su justicia o sus motivos. Las ideas se manifestaron en varios ámbitos, y en el Derecho, el criminólogo y médico italiano, Cesare Lombroso (1835-1909) sentó la teoría del delincuente nato, nacido para delinquir según ciertos rasgos físicos y psíquicos predeterminados. El delincuente no es responsable de lo que hace pues no puede evitarlo. Por eso, en vez de castigarlo, hay que establecer medidas de seguridad. Éstas incluían la pena de muerte, pues para este médico, no es posible en muchos casos, sobre todo cuando son peligrosos, su reinserción social. Las penas se vinculaban al grado de peligrosidad del delincuente más que a la gravedad del delito que hubieran cometido.

Luego de las Guerras mundiales resurge la idea de la aplicación del Derecho Natural.

Entre 1960 y 1970, renace la relación entre la pena y la culpabilidad, y de la rehabilitación del delincuente. Surgen medidas sustitutivas a la prisión o reclusión, como los trabajos comunitarios o la prisión domiciliaria. En 1970 se vuelve a un sistema más represivo por temor a la inseguridad.

Actualmente se discute si el endurecimiento de las penas y la baja de edad de imputabilidad penal serían una medida para poner freno a la inseguridad, aunque se avanza en la despenalización de ciertos hechos que habían sido delictivos como el adulterio, el aborto o el consumo de drogas.