Casación de sentencias
La casación de sentencias (del latín “casare” que significa derogar) es un remedio extraordinario que consiste en que un Tribunal Superior, en muchos casos especial para el caso, llamado Tribunal o Corte de Casación, como ocurre en Italia y Francia, o en general la máxima instancia judicial, como en España o Chile, quita vigor a otro pronunciamiento judicial de menor jerarquía, siempre que se den ciertos presupuestos, específicamente establecidos, pues funciona solo en casos previstos (por vicios legales o de procedimiento) y no en forma general como ocurre con la apelación, que es un recurso ordinario.
Tiene este recurso de casación, sus antecedentes en Italia, y Francia con la Revolución Francesa, donde se lo usó para uniformar la legislación y como respeto a la división de poderes y a la aplicación segura de la ley. En España data recién del siglo XIX. Está regido por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Es de interés público, por lo cual puede proceder de oficio, y en muchos países sienta jurisprudencia que es obligatoria para los tribunales inferiores.
La casación tiene dos momentos, el primero consiste en determinar si existen los errores de derecho o de forma denunciados, sin analizar la justicia del caso resuelto. Si esto ocurre, se “casa” o anula la sentencia, y según los países, el mismo tribunal dicta una nueva decisión; como ocurre en el sistema español, o se produce el reenvío a otro tribunal para que decida de nuevo el asunto, sistema utilizado en Francia o Italia.
Existe en Chile el recurso de casación civil (en materia penal rige el recurso de nulidad) y puede darse con respecto al fondo o a la forma.