Tipos de sentencias
La sentencia es el acto judicial que normalmente pone fin al proceso y es dictada por un juez unipersonal o un conjunto de jueces reunidos en tribunal, en procesos diferenciados de acuerdo a la materia: civil, penal, laboral, contencioso-administrativo, etcétera.
Las sentencias dictadas en procesos penales, absuelven o condenan al demandado. En otros procesos reconocen el derecho a uno de los litigantes o el derecho peticionado.
De acuerdo a todas estas situaciones y otras, las sentencias pueden ser de varios tipos:
Por razón de la materia:
Civiles, penales, contencioso-administrativas, laborales o comerciales, tomando en cuenta el tema del asunto de que se trate.
Por la forma:
Escritas u orales, solo admisibles en algunos procesos.
Por los efectos:
Constitutivas: Se dan en procesos civiles, cuando crean (por ejemplo en caso de adopción) modifican (como en el caso de una filiación) o ponen fin a una situación jurídica (por ejemplo en el divorcio).
Declarativas: Cuando se declara una situación jurídica que de hecho existía antes de la promoción de la causa, como ocurre en una declaratoria de herederos.
Absolutorias: Cuando en el proceso penal el procesado es absuelto por falta de pruebas.
Condenatorias: Cuando en vista a las actuaciones se ha demostrado la responsabilidad del reo y se le aplica una condena de acuerdo a la ley penal, o cuando en un proceso civil se le impone a una de las partes el resarcimiento del daño causado.
Según el alcance de la resolución:
Interlocutorias: no decide sobre la cuestión principal o de fondo.
Definitivas: Resuelven la cuestión de fondo.
Por la posibilidad o no de impugnación:
Firmes: Hacen cosa juzgada y no son recurribles
Recurribles o no firmes: Permite que se interpongan recursos ordinarios o extraordinarios.
Por su instancia:
De instancia única: Cuando no cabe apelación o recurso alguno ante tribunal superior, en esta única decisión del Tribunal.
De primera instancia: Cuando la decisión del Juez unipersal que decide en primer grado puede ser revisada por un tribunal de instancia superior.
De segunda o ulterior instancia: La dictada por los tribunales que revisan la sentencia dictada en instancias anteriores.