Procesos constitucionales colectivos
Un proceso colectivo es aquel donde el actor está compuesto por un grupo de personas físicas o jurídicas que han sufrido un menoscabo o quita común en sus derechos de incidencia colectiva, y participan de modo conjunto, a partir del accionar de uno solo de ellos que inicia la demanda, a sabiendas o no del resto del grupo y sin que los represente por mandato, configurándose una representación atípica, pero el resultado será de beneficio común.
En Estados Unidos se las conoce como acciones de clase o “class actions”. En Argentina son constitucionalmente reconocidas a partir de la reforma de 1994 en el artículo 43, que permite interponer una acción de amparo en los derechos de incidencia colectiva, facultando para ello al afectado, al defensor del pueblo y a las asociaciones registradas pertinentes, de acuerdo a sus fines.
Es un medio de defensa para protegerse de abusos por parte de empresas que por ejemplo lesionan derechos de los consumidores, o de políticas estatales que pueden lesionar derechos económicos, culturales, sociales o ser discriminatorias.
Además, los procesos colectivos también son una herramienta eficaz para enfrentar daños ambientales. Por ejemplo, si una empresa contamina un río, afectando a una comunidad entera, los miembros de esa comunidad pueden iniciar un proceso colectivo para buscar reparación. De esta manera, los procesos colectivos pueden ser una herramienta poderosa para hacer frente a las grandes corporaciones y al poder estatal, y para proteger los derechos de las personas y del medio ambiente.
En el año 2009 los usuarios de telecomunicaciones en Argentina se vieron favorecidos por la sentencia de Corte Suprema de Justicia en el caso “Halabi Ernesto c/Poder Ejecutivo nacional” donde la llamada “ley espía” número 25.873 fue declarada inconstitucional. El demandante, el abogado Ernesto Halabi, alegó el perjuicio de que se escucharan las comunicaciones que mantenía con sus clientes, además de atentar contra la intimidad y la confidencialidad. Dicha norma permitía la grabación de conversaciones telefónicas sin autorización judicial previa por parte del Ministerio Público al que también le otorgaba esa potestad además de los jueces. Las comunicaciones solo puede a partir de esta decisión del Alto Tribunal ser intervenidas por orden judicial.
La Corte en este caso, por primera vez reconoció los derechos de incidencia colectiva, que reúne a quienes poseen intereses fácticos y amparo normativo homogéneos, del artículo 43 de la Constitución Nacional. En la misma oportunidad la Corte intimó a los legisladores a dictar una ley sobre este tipo de procesos que aún no ha sido sancionada a pesar de haberse presentado varios proyectos. La Ley de Defensa del Consumidor, regula parcialmente el tema sobre el caso específico del consumo.
En 2016, el Defensor del Pueblo accionó contra el poder Ejecutivo por la quita efectuada en jubilaciones y pensiones, y la sala II de la Cámara federal de Seguridad Social hizo lugar a la demanda, declarándose que la quita del 13 % a las asignaciones familiares y jubilaciones y pensiones era inconstitucional, revirtiendo el rechazo que había sufrido en primera instancia. La restitución le corresponde al conjunto de los afectados en forma colectiva.
Además de su utilidad en la defensa de los derechos de los consumidores y en la protección del medio ambiente, los procesos colectivos también pueden ser útiles en la lucha contra la discriminación. Por ejemplo, si un grupo de personas es discriminado por una empresa o por el Estado, pueden iniciar un proceso colectivo para buscar reparación. En este sentido, los procesos colectivos pueden ser una herramienta poderosa para promover la igualdad y la justicia social.