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Los derechos colectivos

Publicado por Hilda

Derechos colectivosTodos los derechos humanos protegen facultades, prerrogativas de los individuos. Pero así como la mayoría se refieren a la persona en sí misma, o a ésta en relación con grupos de personas o empresas, los derechos colectivos implican también la protección del individuo, pero no aislado, sino como miembro de colectividades, ya sea como miembro de una comunidad, de una nación o de la humanidad toda.

Algunos cuestionan esta clasificación pues afirman que en realidad se protege no al conjunto, sino al individuo como miembro del grupo, pero en realidad lo que se reclama no es el interés individual sino el interés de todo el conjunto de pertenencia, que se ve en su conjunto agraviado.

Son también conocidos como derechos de tercera generación, pues surgieron a partir del siglo XX, luego de que se consagraran los derechos de primera generación, en el siglo XVIII, que les corresponden a todo individuo como persona humana (civiles y políticos) y los de segunda generación o sociales donde el hombre puede reclamarlos por su específico status social (siglo XIX).

Estos Derechos de los pueblos como también se los llama, pues los titulares son los pueblos como grupo, aparecieron por nuevas necesidades, atropellos y nuevas formas de violación dirigidos a conjuntos de personas agrupadas por ser víctimas de la falta de desarrollo económico y socio-cultural, lo que ocurre en los países subdesarrollados, o estar inmersos en un país en guerra (derecho a la paz) que es un derecho del individuo como perteneciente a la humanidad, o el que le corresponde también como humano a vivir en un ambiente no contaminado, o como consumidor no ser estafado, o el derecho de los pueblos a autodeterminarse. En España sólo se reconoce como derecho colectivo el de autonomía de los pueblos, al que se opone gran parte de los españoles, como se muestra en la imagen donde hay una gran oposición de gran parte del pueblo español frente a los fueros de algunas comunidades como la de Navarra.