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Clases de acreedores

Publicado por Hilda

Clases de acreedoresSer acreedor significa tener un crédito contra alguien, quien a su vez está obligado a cumplir a nuestro favor una prestación, de dar, prestar, hacer o no hacer. Sin embargo, aunque la regla es la igualdad, no todos los acreedores tienen idénticos derechos o privilegios.

Hay acreedores puros y simples, lo que respeta su igualdad y proporcionalidad (cobran a prorrata) cuando el patrimonio del deudor no alcanza para satisfacer todos los créditos. Sin embargo recién van a satisfacer su derecho cuando lo hayan hecho anteriormente los acreedores privilegiados y preferentes, si los hubiera. Estos acreedores rezagados a la hora de cobrar, son los llamados acreedores quirografarios, que es una palabra de origen griego, integrada por “khéir” que significa “mano” y “graphein” que designa un escrito simple, sin ningún notario que le de confiabilidad. De allí que designa esos créditos que no cuentan con un respaldo especial que resguarde su cobro.

Los acreedores privilegiados son aquellos a los que la ley les otorga el derecho de que se les pague antes que a los demás (art. 3875 CC. Argentino) por razones de interés público, como ocurre con los gastos de justicia o los impuestos. Todo acreedor privilegiado, lo es porque la ley así lo ha dispuesto, por lo tanto elegir a qué acreedor se le ha de pagar primero si el patrimonio no alcanza para satisfacer a todos, no es potestad del deudor. Según el artículo 3877, este privilegio se transmite junto al crédito, pues es accesorio a él.

Los privilegios crediticio en principio, solo se aplican al capital y no a los intereses de lo adeudado, salvo que la ley lo autorice.

Por último, también son acreedores con mayores derechos que los quirografarios, los que ostentan un crédito amparado por una garantía real, nacida del acuerdo contractual, o sea, existe una cosa específica que resguarda el cobro porque las partes así lo convinieron. Estos derechos reales de garantía son, la prenda, la hipoteca y las garantías reales específicas del Derecho Comercial.