Hipoteca naval
La hipoteca naval es un derecho real de garantía crediticia establecido contractualmente en Argentina, sobre un buque de más de 10 toneladas de peso, habilitados, a construirse o en construcción, o sobre artefactos navales. Si tienen menos de ese peso pueden ser gravados con prenda. Al igual que la hipoteca sobre inmuebles, en este caso no hay traspaso del bien dado en garantía al acreedor. La aplicación de las normas de la hipoteca del Código Civil se realiza en forma subsidiaria. En Argentina su regulación legal se hallaba en los artículos 1351 a 1367 del Código de Comercio pero estos fueron derogados por la Ley de navegación 20.094 (1973) sección V, Capítulo IV, Título III.
Son contratos formales requiriéndose la escritura pública. Si es por instrumento privado debe estar autenticado. En uno u otro caso deben inscribirse e el Registro Nacional de Buques para tener efectos frente a terceros. Debe además dejarse constancia de la hipoteca en el título de propiedad y en el certificado de matrícula del buque. El documento debe individualizar a acreedor, deudor y buque, la naturaleza del contrato principal, al que la hipoteca le sirve de garantía y las características del crédito que respalda. Además se deben presentar pruebas documentales del pago de remuneraciones y cargas previsionales del personal del buque.
Si el buque está en condominio se requiere para constituir hipoteca la mayoría de dos tercios, o en su defecto, autorización judicial. Con consentimiento de la mayoría, un copropietario puede gravar su parte en el buque.
La de inscripción más antigua tiene derecho preferente frente a las demás y si son de la misma fecha la preferencia la tendrá la que se inscribió en hora más temprana.
La garantía abarca el capital y los intereses por dos años (no se extiende a los fletes, salvo acuerdo en contrario) y dura tres años desde su inscripción, salvo que se renovare antes de su vencimiento, pudiendo el acreedor, en caso de no ser satisfecho, pedir la formación de un concurso particular para ser satisfecho en su deuda de inmediato.