Derecho

Coemptio

Publicado por Hilda

CoemptioEra un modo de configuración del matrimonio romano cum manu, bastante común en el período clásico romano, nacido con posterioridad a la confarreatio. Es posible que hubiera surgido cuando el permitirse el casamiento entre patricios y plebeyos por la Ley Canuleia en el 445 a .C. se necesitó una forma que posibilitara esas uniones, que no eran posibles por confarreatio, que se aplicaba solamente a los patricios.

Se trataba de fingir una venta de la mujer al esposo por medio de los rituales de la mancipatio. Debían estar presentes, el pater que transmitía la propiedad de su hija o nieta, o en el caso de ser sui iuris (no tener pater) debía estar su tutor. Al igual que en la mancipatio se necesitaba contar con cinco testigos, ciudadanos púberes y con otro que sostuviera la balanza (libripens) donde se pesaba un trozo de cobre, que era entregado simbólicamente al padre de la novia como supuesto pago por ella. Era un acto privado; no intervenían ni sacerdotes ni magistrados. Pronto cayó en deuso, y ya casi no existía a principios del imperio.

También puede celebrarse la coemptio con el marido o con un extraño, por una causa distinta al matrimonio, por ejemplo, para salir de una tutela, en cuyo caso la mujer acompañada por su o sus tutores es comprada, y luego remancipada a un tercero, que a su vez la manumite, y se convierte en su tutor. A esto se llama coemptio por causa de fiducia.

También se usó la coemptio fiduciaria para permitir que la mujer pudiera testar, pudiendo solo hacerlo (salvo las vestales que sí podían testar) si celebraban una coemptio, luego fuera remancipadas y a posteriori manumitidas. Este requisito fue suprimido por el emperador Adriano.