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Normas jurídicas

Publicado por Hilda

Normas juridicasLas normas en general, son enunciados que no informan sobre aspectos de la realidad (por ejemplo: la mesa es oscura, el sol es brillante) sino que prescriben conductas, por ejemplo: “Prohibido pisar el césped”. De los primeros enunciados podemos afirmar su verdad o falsedad, no así de los segundos, ya que no dicen cómo son las cosas o los hechos, sino cómo deben o deberían ser las conductas humanas con alcance general, imponiendo acciones o prohibiéndolas.

Hay varias clases de normas: las morales, los usos, las costumbres, las religiosas y las jurídicas.

Las normas jurídicas son las reglas de conducta, sancionadas por el Estado a través de sus órganos legislativos, por los procedimientos legalmente previstos, y que contienen sanción en caso de incumplimiento. Son aplicables aún cuando el sujeto obligado las desconozca, ya que son heterogéneas, ajenas a la voluntad de aquél al que van dirigidas, y se suponen conocidas a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Si no fueran sancionadas de acuerdo a los procedimientos legales, las normas jurídicas no serían válidas. Una norma válida puede caer en desuso y no ser cumplida por la población, y no sancionarse su incumplimiento. En ese caso a pesar de ser una norma jurídica válida se dice que no se halla vigente. Las normas jurídicas tienden a lograr un orden social justo, por lo cual en general no se oponen a las demás normas, sino que las complementan acompañándolas de una sanción efectiva ante su incumplimiento.

En Argentina, debido al sistema federal de organización estatal, entre las normas jurídicas hay una jerarquía, que comienza con una única norma, la más importante y madre de todas las leyes que es la Constitución Nacional, a la que todas las demás deben obedecerle, a riesgo, en caso contrario, de ser declaradas inconstitucionales.

Las Constituciones Provinciales, no pueden ser tampoco incompatibles con la Constitución Nacional, y a su vez las leyes nacionales, tampoco pueden contradecirla, ni las leyes provinciales a la Constituciones Provinciales. La jerarquía prosigue en orden descendente con los decretos reglamentarios del Poder Ejecutivo, las ordenanzas generales dictadas por los municipios, los edictos policiales, los reglamento del máximo Tribunal de Justicia, y las Acordadas Generales de las Cámaras de Apelaciones, siendo cada vez más numerosas las normas jurídicas, a medida que descendemos en la jerarquía.