Asociación ilícita
Este delito está tipificado en los artículos 210 y 210 bis, del Código Penal argentino, comprendidos dentro del capítulo II (Asociación ilícita) del Título VIII, titulado “Delitos contra el orden público”. Se llama asociación ilícita al acuerdo de voluntades de tres o más personas de dedicarse a actividades delictivas (de número plural y no un […]