Los derechos de la tercera edad
El Derecho Natural nos dice que las personas que son adultos mayores (más de 65 años) tienen derechos iguales al resto de las personas, y aquellos que necesitan de acuerdo a las limitaciones que padecen por el paso de los años; pero a la hora de reclamar judicialmente esas facultades, es bueno tener presente cuáles son las normas legales escritas (Derecho Positivo) que amparan a esta franja de la población que cada vez es más numerosa gracias al avance científico y a las mejoras en las condiciones de vida.
Sintetizamos los principios que fueron aprobados por la Asamblea General de la ONU sobre las personas de la tercera edad, quienes tienen derecho a:
1.- Una adecuada alimentación, al agua, y a dignas condiciones de vivienda, a asesoramiento jurídico y atención de su salud, con el cuidado de sus familiares y de la comunidad.
2.- Que se les brinde oportunidad de trabajar y a obtener ingresos legalmente, y a que ellos tomen la decisión de cuándo abandonar sus actividades laborales.
3.- Acceder a capacitaciones y programas educativos, compartiendo la cultura y brindando sus conocimientos, pudiendo desempeñarse en voluntariados.
4.-Vivir en lugares y entornos seguros, permaneciendo en sus viviendas mientras eso sea posible de acuerdo a sus capacidades.
5.- Agruparse.
6.- Acceder a ser atendidos y rehabilitados.
7.- Ser respetados en caso de ser institucionalizados.
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires (Argentina) en su artículo 36 establece que la provincia promoverá los medios para que los derechos de la Constitución no resulten imposibles de hacerse efectivos o dificultados por obstáculos de tipo económico, social o de otra naturaleza. A dicho fin reconoce una serie de derechos sociales, entre los cuales, en el inciso 6 menciona a las personas de la tercera edad, otorgándoles el derecho a que sean integralmente protegidos por su familia. Además establece como responsabilidad de la Provincia promover políticas asistenciales y las que revaloricen su rol activo.
En la Provincia de Buenos Aires (Argentina) la ley 14.263 se ocupa de regular el funcionamiento de los hogares, residencias para ancianos o geriátricos, garantizando los derechos de sus residentes (comunicación, libertad de visitas, elección de médicos, etcétera) y estableciendo las obligaciones de aquellos encargados de su cuidado, tanto responsables de la institución como familiares. Para vigilar el cumplimiento de estas disposiciones y el buen funcionamiento de estos lugares, se establece una autoridad estatal para su aplicación.