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Aseguradoras de Riesgo de Trabajo

Publicado por Hilda

Aseguradoras de riesgo de trabajoLas Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) son las empresas privadas que tienen a su cargo como objeto único, la cobertura integral en dinero y en especie de todos los eventos que dañen la salud de los trabajadores, que tengan su origen en la relación laboral y es obligatorio que se afilien a ella todos los empleadores, salvo los auto asegurados, pudiendo escoger libremente entre las ofrecidas, a cambio de una contribución, que se paga a través de la Contribución Única de la Seguridad Social, que varía de acuerdo al grado de riesgo y la calificación de la actividad. La existencia de las ART están previstas en el artículo 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo, número 24.557, desplazando hacia ellas el riesgo que antes estaba a cargo del empleador.

La infraestructura puede ser propia o contratada, y se le exige un capital mínimo y reservas. Las ART no pueden rechazar afiliaciones, y deben inscribir a las empresas que lo solicitan, creando alícuotas, denunciando incumplimientos ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, brindando las prestaciones a los damnificados, prestándoles asistencia médica, farmacéutica, rehabilitación. Deben además otorgar montos indemnizatorios fijados por la ley, servicios de ortopedia y prótesis, y funerarios, garantizando las prestaciones y servicios, debiendo exhibir sus balances y estados financieros, realizando planes de acción preventivos para empresas en riesgo y deben llevar un registro de siniestralidad por cada establecimiento.

Las ART son controladas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que las autoriza a funcionar o las cancela, les impone un marco normativo, e incluso las sanciona.