Fuentes del Derecho del Trabajo
Entendiendo por fuentes del Derecho del Trabajo aquello que origina las normas que reglan las relaciones laborales, podemos distinguir las siguientes:
1. Fuentes reales o materiales, que son aquellos hechos o circunstancias de la realidad o intereses sectoriales que determinan que se dicten las normas laborales. Son meta jurídicas, o sociológicas.
2. Fuentes formales, que son las normas propiamente dichas que nacen como consecuencia de las fuentes materiales, para reglar en el marco jurídico los deberes y derechos de las partes, y las partes se podrán amparar en ellas para realizar el reclamo judicial ante su violación.
En Argentina, son fuentes formales del Derecho Laboral:
a. La Constitución Nacional, que en su versión original de 1853 solo consagraba el trabajo entre los derechos civiles de su artículo 14, incorporándose recién los derechos del trabajador, como derechos sociales a partir de la reforma de 1956.
b. Los Tratados Internacionales, que a partir de la reforma de 1994, forman parte del Derecho Interno automáticamente cuando son suscriptos y ratificados por el Estado.
c. Las leyes dictadas por el Congreso Nacional, como la Ley de Contrato de Trabajo, los estatutos especiales y otras leyes laborales.
d. Los convenios colectivos (producto de la negociación voluntaria colectiva entre los representantes de los trabajadores y los empleadores) y los laudos con fuerza de tales (donde las partes eligen un tercero para dirimir el conflicto y hacer nacer la norma).
e. Las leyes provinciales. Si bien las provincias no pueden dictar normas de fondo en materia laboral, pueden hacerlo en materia de policía laboral o dictar códigos de procedimiento laboral
f. La voluntad de las partes, que se restringe a lo que no constituyan normas de orden público, dictadas para favorecer al trabajador según el principio de “in dubio pro operario”
g. Los usos y costumbres, cuando la ley se remita a ellos.
h. La doctrina de los autores