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Atenuantes penales

Publicado por Hilda

Se denominan circunstancias atenuantes en el ámbito del Derecho Penal a aquellas particularidades, que se presentan en el caso concreto sometido a análisis, que permiten que el autor del hecho ilícito, si bien es hallado culpable y le será impuesta una pena, vea disminuida su responsabilidad penal.

Las leyes penales prevén para cada figura delictiva una sanción que oscila entre un mínimo y un máximo, por ejemplo cuando en el Código Penal argentino se establece para el homicidio simple una pena de entre 8 y 25 años. Recientemente, el Tribunal oral de Mercedes aplicó a Silvia Luna, quien fue condenada por homicidio simple con dolo eventual, una pena de 10 años de prisión por matar a su amiga de un mazazo, ante el temor de que arruinara su boda si divulgaba un video íntimo de la ahora condenada. Se tomaron como atenuantes la falta de antecedentes penales, su estado emocional y ser amiga de la víctima lo que contribuyó, según el Tribunal, a que su perturbación fuera mayor.

El sujeto condenado es penalmente responsable, cometió el ilícito pero el contexto o las propias cualidades personales del autor hacen que el mismo delito sea considerado de menor gravedad que si no hubieran ocurrido esas condiciones.

Los atenuantes pueden estar indicados para determinadas figuras delictivas específicas o ser generales para todas ellas. La mayoría de los Códigos penales establecen atenuantes generales y además, prevén algunos específicos para ciertos delitos. Hay legislaciones muy restrictivas, como por ejemplo, la de Noruega que solo admite la exención o atenuación de penas en caso de psicosis temporal.

En Argentina como causas generales de atenuación, el artículo 40 habla de circunstancias de cada caso, dejando bastante arbitrio al juzgador, ya que el artículo 41, solo sugiere tomar en cuenta, la naturaleza del hecho, el daño ocasionado, los medios empleados, la edad, la educación, la falta de antecedentes penales, los motivos, la pobreza extrema, los vínculos personales, agregando las circunstancias de tiempo, modo, lugar y ocasión que revelen el grado de peligrosidad.

Un caso especial de atenuación plantea el artículo 41 ter que reduce la condena del partícipe del ilícito, que brinde alguna información relevante, en aquellos casos en que la víctima se hallara privada de libertad, con motivo de encontrarla.