Ejecución de penas privativas de libertad
Las penas privativas de libertad son un castigo impuesto a quienes cometieron ciertos delitos, a los que se los aleja de la sociedad por un cierto tiempo (encerrándolos en prisiones que según el artículo 18 de la Constitución de la Nación argentina son para seguridad de los reos y deberán estar limpias) establecido por las leyes penales, entre un mínimo y un máximo, que es función de los jueces precisar de acuerdo a las circunstancias del hecho específico.
Si bien en la práctica la pena de prisión importa un sufrimiento para el condenado, no debería serlo, sino servir para que se eduque, aprenda un oficio, valores positivos, y pueda al salir reinsertarse en la sociedad como alguien útil y valioso para sí mismo y para los demás.
Las cárceles como institución no existieron ni en la antigüedad ni en la Edad Media, salvo como lugar de tránsito hasta que se decidiera la condena, o para lograr la confesión, pues era muy costoso mantener a tales individuos a expensas del tesoro público, que podía destinarse a fines más productivos que mantener a delincuentes. Por eso, o se les imponía castigos físicos como latigazos o se los mataba directamente.
A partir del siglo XVI comienza a observarse la posibilidad de usar la mano de obra de los presos y que no sea tan caro mantenerlos, sino que se saque provecho de ellos, por trabajos forzados, y además se los rehabilite, cosa difícil de lograr pues los reos no están por su propia voluntad y eso les genera resentimiento, además de sociabilizar con otros condenados y crear sus propios códigos de convivencia marginales, y alianzas delictivas para operar cuando se recupere la libertad.
Las cárceles hasta el siglo XVIII, que trajo consigo un nuevo concepto sobre derechos humanos, fueron instituciones que se usaban para inspirar temor, tratando de desalentar a los delincuentes de cometer delitos, por la rigurosidad y padecimiento que implicaba el encierro.
Actualmente muchos penalistas se inclinan por reservar las penas privativas de libertad (reclusión o prisión, la primera más grave) para los delincuentes más peligrosos, creándose otras instituciones como el trabajo comunitario (probation) para reparar el mal causado a la sociedad en caso de delitos menores.