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Libertad Condicional

Publicado por Hilda

Libertad condicionalEs la posibilidad que tiene un condenado de terminar de cumplir su pena privativa de libertad, fuera de la cárcel, gozando de una libertad relativa, controlada, para ir adaptándose a la vida extra-carcelaria paulatinamente, e intentar reinsertarse en la sociedad.

El artículo 13 del Código Penal argentino contempla la libertad condicional, y la concede al que hubiera cumplido 20 años de su condena a prisión o reclusión perpetua, y al que hubiera cumplido las dos terceras partes si su condena hubiera sido de prisión o reclusión temporal por más de tres años, y al que hubiera cumplido un año de reclusión u ocho meses de prisión si su condena fuera de hasta tres años inclusive. La libertad condicional termina cuando finaliza la condena, y en las perpetuas a los cinco años. Por lo tanto en Argentina, salvo denegación de este beneficio, las condenas perpetuas se reducen a veinticinco años. Se exige que hubiera respetado los reglamentos carcelarios, debiendo el juez, que es el encargado de dictar la resolución, pedir un informe al respecto a la dirección del establecimiento.

La libertad condicional se concede con varios requisitos: quien goza de este beneficio debe fijar residencia y vivir efectivamente allí, no consumir bebidas alcohólicas, no cometer nuevos hechos delictivos, buscar un medio de subsistencia digno, si no lo tuviere, en un tiempo prefijado, y someterse al cuidado y vigilancia de un patronato.

No gozan de este beneficio los reincidentes, y aquellos a quienes se les haya revocado una libertad condicional anterior. Las causas de revocación son: por cometer un nuevo delito o no vivir donde declaró. En estos dos casos el tiempo que gozó de libertad condicional no se le computa como parte de su condena. En los demás casos de incumplimiento no se le computará el tiempo, o parte de ese tiempo hasta que cumpla con lo que se comprometió.

En México, el Código Penal Federal, en su artículo 84, establece que mediando informe sobre la buena conducta del reo, se le deberá conceder libertad preparatoria. Se exige en los delitos dolosos el cumplimiento de las tres quintas partes de la condena, y en los culposos la mitad de ella.

Se exige buena conducta, examen psicológico que no demuestre peligrosidad, y muestre adaptación social. No se concede en casos de delitos graves.

Esta es una cuestión, la de delitos graves, que divide la opinión pública en la República Argentina, donde le es concedida la libertad condicional, incluso a violadores, o a homicidas condenados por homicidios agravados, que vuelven a cometer esos hechos aberrantes. De acuerdo a la ley penitenciaria el condenado debe ser calificado en su conducta, la que va desde pésima a ejemplar (pésima, mala, regular, buena, muy buena y ejemplar) bastando con que sea buena. Se debe contar con un informe criminológico favorable, y con ello el juez de ejecución penal firma la resolución correspondiente. La instrumentación del uso de pulseras magnéticas no parece haber dado resultado satisfactorio, ya que múltiples delitos fueron cometidos por quienes las usaban.

Cuando el delincuente muestra peligrosidad no debe otorgársele este beneficio. Así se decidió en Estados Unidos con respecto al asesino de John Lennon, que ya cumplió 27 años de condena pero se le ha denegado la libertad condicional solicitada, porque aún se lo considera peligroso.

En Argentina el asesino serial, Carlos Robledo Puch, conocido como “el ángel de la muerte”, también pidió libertad condicional, pero le fue rechazada por no mostrar buena conducta ni haber aprendido ningún oficio en su estadía carcelaria.