Derecho
Inicio Derecho penal Infanticidio

Infanticidio

Publicado por Hilda

infanticidioEtimológicamente la palabra infanticidio, proviene de los vocablos latinos “infans” y “cedere” que significan, matar a un niño.

Este crimen aberrante fue cometido con frecuencia por las antiguas civilizaciones del mundo, ya sea como ofrenda a sus dioses (como por ejemplo en Fenicia o Cartago) o simplemente abandonándolos por no querer sumarlos a su prole.

En los primitivos tiempos de Roma era el pater quien decidía el ingreso de un nuevo filius a la familia, pudiendo ejercer el «ius exponendi» o derecho de abandono. La Ley de las XII Tablas imponía la obligación de dar muerte a los hijos deformes o monstruosos. Los seres humanos no eran personas dotadas de dignidad y derechos naturales, sino seres que debían servir al fin superior del estado. En Esparta, nacido un niño se reunía una junta de gobierno, que decidía la vida o la muerte de un niño, según tuviera o no las potencialidades de convertirse en soldado. En Atenas, el propio Aristóteles aceptaba el infanticidio si era para evitar un estado superpoblado o por razón de enfermedad. En el año 374 se prohibió configurándolo como delito, en Roma, la matanza de niños, aunque la norma no tuvo demasiada vigencia.

La Biblia judeo-cristiana no acepta el infanticidio.

En el moderno derecho, matar a un niño es un crimen, un homicidio, aunque algunas legislaciones (como España, México o Argentina) aceptaron hasta no hace demasiado tiempo atrás, la figura del infanticidio para mitigar las penas del homicidio simple, cuando este delito era cometido para salvar el honor de la mujer (España o Argentina) o bajo el estado puerperal de la madre (Suiza).

El artículo 81 inciso 2 del Código Penal argentino, disponía una pena atenuada de uno a seis años de prisión para la madre, que matare a su hijo durante el nacimiento o bajo la influencia del estado puerperal con el fin de evitar su deshonra. Comprendía también a los padres, hermanos, marido e hijos que cometieran este homicidio para ocultar la deshonra de su hija, hermana, esposa o madre. No es muy claro cuanto dura la influencia sobre el estado psicológico de la madre, el estado puerperal, variando de una persona a otra. Algunos autores estiman que dura aproximadamente cuarenta días, o cuando se produce la total involución del útero. El 30 de noviembre de 1994, este artículo fue derogado por la ley 24.410. Ahora es considerado como un homicidio calificado por el vínculo, penado con reclusión perpetua, pudiendo aplicarse los atenuantes de cualquier homicidio, si correspondiera, por ejemplo, la emoción violenta.

Se exigía indefectiblemente el móvil del honor, por lo tanto descartaba cualquier otro, como la extrema miseria.

En Argentina este tema volvió a ponerse en discusión cuando una adolescente de la provincia de Jujuy, llamada Romina Tejerina, mató a su hijita recién nacida, aparentemente, según su declaración, concebida producto de una violación. Muchas voces se alzaron en su defensa, y hay proyectos de ley que propician la reincorporación del infanticidio, como homicidio atenuado, al Código Penal.

Aceptan el infanticidio, el Código Penal de Brasil, que dispone en su artículo 123, una pena atenuada de dos a seis años de detención para la madre que matare durante el parto, o luego de él, a su hijo, bajo el estado puerperal.

El artículo 578 del Código Penal italiano también contempla el infanticidio, aplicándose una pena de cuatro a seis años de reclusión, cuando el homicidio se produzca por parte de la madre, durante o luego del parto, cuando exista abandono moral o material de la agresora.