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Representación política

Publicado por Hilda

Representación políticaReza el artículo 22 de la Constitución de la Nación argentina, que el pueblo no delibera ni gobierna por sí mismo, sino a través de sus representantes, y de las autoridades que la misma Constitución crea, imponiendo como forma de gobierno una democracia representativa.

La representación política supone el ejercicio activo de los derechos políticos, donde puede cualquier ciudadano, reuniendo los requisitos constitucionalmente exigibles (25 años para Diputados nacionales, cuatro años de ciudadanía en ejercicio y haber nacido en la provincia que lo haya elegido, o residido en ella dos años; para ser Senador, 30 años como mínimo, seis de ciudadanía, una renta mínima, y ser natural de la provincia que lo haya elegido o con dos años de residencia allí; para ser Presidente, ser argentino y las mismas calidades que para ser Senador) ser candidato dentro de las elecciones internas del partido, y luego en las elecciones nacionales, provinciales o municipales, según se trate, donde se someterá a la voluntad popular, tomándose en cuenta los votos mayoritarios.

Implica también el ejercicio de los derechos políticos pasivos, donde el conjunto de ciudadanos, constituidos como cuerpo electora , elige los candidatos propuestos por los distintos partidos políticos, en forma periódica a través del voto, que en Argentina luego de la ley Sáenz Peña, es universal, secreto y obligatorio.

La representación es fuente del poder de autoridad, y genera la obediencia legítima, a través del consentimiento popular, expresado por mayoría. Son también esos candidatos que recibieron el voto mayoritario los que ejercen el poder de decisión, responsable, reservándose a las minorías la función de control, hasta las próximas elecciones donde pueden competir por captar la mayoría de sufragios.