Proceso inquisitivo
A diferencia del proceso acusatorio, el inquisitivo se inicia y se impulsa de oficio por el Juez. Fue adoptado en el Sistema Procesal Extraordinario, en el Bajo Imperio Romano y aplicado en toda su dimensión por el Derecho Canónico medieval, en los Tribunales de la Inquisición, a partir del siglo XII; adoptándose también a partir del siglo XIII y hasta el siglo XVIII por el resto de Europa. Entre éstos podemos mencionar la Ordenanza dictada en 1670 por el rey de Francia Luis XIV, la Constitución alemana Criminal Carolina (1532) y las Siete Partidas españolas de Alfonso el Sabio, sistema que mantuvo la Nueva Recopilación de 1567 y la Novísima Recopilación de 1805.En el siglo XVIII por influencia de la Ilustración fue reemplazado por un sistema mixto, con garantías para el procesado.
El proceso inquisitivo se caracteriza por estar dividido en etapas, ser escrito, secreto, e impulsado de oficio, no solo al inicio sino en todas sus fases, hasta llegar a la sentencia.
La acusación que inicia el proceso puede ser privada, incluso anónima en algunas legislaciones, o iniciarse de oficio por el juzgador.
Siendo la denuncia aceptada por el juzgador como fundada (aún cuando no existieran pruebas, pues éstas no eran necesarias para iniciar el juicio) se iniciaba la primera parte del proceso, llamada inquisición general, donde se conocía el supuesto delito y su presunto autor, a través de la pesquisa.
Podía a criterio del Juez dictarse prisión preventiva y también excarcelación, previa caución, salvo para delitos confesos o graves.
El acusado y los testigos eran citados por escrito. Si el acusado no comparecía se lo declaraba contumaz y ya no podía defenderse, salvo que el Juez advirtiera la calumnia de la acusación.
Existía una gran mediación judicial, ya que el juzgador debía interiorizarse de la vida y costumbres del imputado al que podía interrogar. Para lograr la confesión podía recurrirse a la tortura.
Luego el Juez debía decidir si sobreseía al acusado o se pasaba al juicio, donde el imputado podía defenderse. Producidas las pruebas, se dictaba sentencia, condenatoria o absolutoria. En algunos casos se admitía la apelación.