Código Gregoriano
A partir del Imperio Romano comenzaron a dictarse gran cantidad de leges o constituciones imperiales, lo que originó gran incertidumbre a causa de su falta de sistematización. Algunas eran de aplicación general, otras particular, e incluso no había a veces coherencia entre normas nuevas y anteriores.
Con el objetivo de clarificar la normativa vigente, muchos juristas particulares realizaron trabajos de compilación, como Papirio, Ulpiano, Paulo y Disiteo, pero no fueron verdaderos cuadernos o libros sistematizados. A partir del emperador Diocleciano surgió la idea de reunir esas constituciones en cuerpos ordenados, que recibieron la denominación de códices. El primer intento le correspondió a una iniciativa privada, efectuada entre los años 291 y 292, publicado en Oriente (en su capital, Nicomedia) durante el reinado del emperador Diocleciano, y su autor fue Gregorio, que aunque no se conocen de él muchos datos, habría sido docente en Berito.
Gregorio reunió dentro de las constituciones imperiales sólo los rescriptos (opiniones que el emperador emitía en asuntos jurídicos a pedido de los litigantes o de los magistrados). Los compiló en 15 libros, a los que dividió en títulos, de acuerdo a su contenido, o sea, por materias. Dentro de cada título los rescriptos se ubicaban por orden temporal (cronológicamente).
El primer rescripto que contenía el Código Gregoriano es del año 196 y correspondía al emperador Septimio Severo, aunque es probable (no hay pruebas, pues el texto original llegó a nosotros) que hubiera otros de fecha anterior. La última constitución, dataría de los emperadores Maximiano y Diocleciano. Los trece primeros libros reunirían materias del Edicto Perpetuo de Salvio Juliano y los últimos, sobre Derecho Penal.
Es importante destacar que el Código Gregoriano fue una obra de gran relevancia para el desarrollo del derecho romano y su posterior evolución en el derecho civil moderno. Su metodología de organización por materias y su orden cronológico permitieron una mejor comprensión y aplicación de las normas imperiales. Además, la inclusión de los rescriptos, que eran opiniones emitidas por el emperador en asuntos jurídicos, aportó un enfoque práctico y realista a las normativas.
El Código Gregoriano también tuvo un impacto significativo en la educación jurídica de la época. Gregorio, su autor, era un docente en Berito, una de las ciudades más importantes en términos de educación jurídica durante el Imperio Romano. Su trabajo en la compilación y sistematización de las constituciones imperiales no solo fue un recurso valioso para los juristas de su tiempo, sino también una herramienta pedagógica para la formación de futuros juristas.
A pesar de la falta de información detallada sobre Gregorio, su contribución al derecho romano y al desarrollo del sistema jurídico occidental es innegable. Su obra, el Código Gregoriano, es un testimonio de la complejidad y sofisticación del pensamiento jurídico romano, así como de la importancia de la sistematización y organización en la interpretación y aplicación del derecho.