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Cursus honorum

Publicado por Hilda

Cursus honorumEn la época de la República Romana se crearon las magistraturas electivas (la elección estaba a cargo de los comicios) que eran anuales (salvo la censura) y colegiadas (salvo la dictadura), cuyos integrantes debían reunir una serie de requisitos para integrarlas.

Poseían un orden jerárquico lo que conformó una verdadera carrera de los honores o “cursus honorum” u “ordo magistratuum”, ordenadas legalmente de acuerdo a la ley Villia de Annalis, del año 180 a. C. que estableció las edades que debían tener los que integraban cada magistratura, no pudiendo quien había ocupado una acceder a otra hasta transcurridos dos años del cese del primer cargo, y para ser reelegido en el mismo cargo, se debía esperar 10 años. En el año 81 a. C, Syla dictó la Lex Cornelia de magistratibus, que consolidó la carrera de los honores, y fijó definitivamente las edades para acceder a ellas.

El cursus honorum era solo atributo de los ciudadanos romanos que no tuvieran deudas fiscales ni tacha de infamia, y se iniciaba como Comandante o Jefe de Legión (tribunus militum). A los 30 años ya podía aspirarse al primer cargo de la carrera, que era el de Cuestor (encargado del erario público) Luego podía ejercerse la Edilidad curul (vigilaban el orden de la ciudad) a los 37 años, a la edad de 40 años podía pretenderse la Pretura (función judicial), y tres años más tarde, alcanzar la máxima de las magistraturas, que era el Consulado. Luego del Consulado cabía la posibilidad de que pudieran ejercer las magistraturas de Censores (confeccionaban el censo y velaban por las costumbres) o Dictadores (designado en casos extraordinarios, de situaciones graves, internas o externas).

Los Tribunos de la Plebe, creados a posteriori del intento de secesión plebeya en el año 494 a. C., con facultad de veto o intercessio, como parte de las reivindicaciones peticionadas, era un cargo jerárquicamente equivalente al de Edil.

La finalidad del cursus honorum era ir capacitando a los gobernantes gradualmente, elevando su responsabilidad a medida que la experiencia de gobierno así lo aconsejara, y además posibilitaba ir observando el desempeño de los magistrados para ver si era conveniente elegirlos para funciones más relevantes.

Además de estas magistraturas, existían otros cargos que formaban parte del cursus honorum, aunque no eran obligatorios para la carrera política. Entre estos se encontraban los cargos de Decemviro (encargado de la redacción de las leyes), Triunviro (responsable de la acuñación de monedas) y Pontífice (encargado de los rituales religiosos). Estos cargos, aunque no eran necesarios para ascender en la carrera política, eran altamente prestigiosos y a menudo eran ocupados por miembros de la élite romana.

Es importante destacar que el cursus honorum no solo era una carrera política, sino también una carrera social. Los cargos públicos eran considerados un honor y un privilegio, y eran una forma de demostrar la virtud y el valor de un individuo. Por lo tanto, el cursus honorum era tanto una forma de ascender en la jerarquía política como en la social.

Además, el cursus honorum también tenía un componente militar. Muchos de los cargos requerían experiencia militar, y era común que los políticos romanos sirvieran en el ejército antes de entrar en la política. De hecho, el primer paso en el cursus honorum, el de Tribuno Militar, era un cargo militar.

Por último, es importante mencionar que el cursus honorum no era una carrera abierta a todos los ciudadanos romanos. Solo los hombres libres de la clase patricia y plebeya podían aspirar a estos cargos. Las mujeres, los esclavos y los extranjeros estaban excluidos de la carrera política.