Etapas del Derecho Romano
Roma se desenvolvió a través de XII siglos de historia, por lo cual es importante para su mejor comprensión y sistematización, dividirla en etapas o períodos, según criterios diversos.
Si la consideramos desde un punto de vista político, a través de las distintas formas de gobierno que rigieron su destino, podemos distinguir las siguientes etapas:
1.- La Monarquía: Desde la fundación de la ciudad de Roma el 21 de abril del año 753 a. C. hasta la caída del último de sus siete reyes en el año 509 a. C. (Rómulo, Numa Pompilio, Tulio Hostilio, Anco Marcio, Tarquino el Antiguo, Servio Tulio y Tarquino el Soberbio). Si bien el rey tenia poderes amplísimos, lo acompañaban como autoridades políticas, el Senado (con función consultiva) y los comicios o Asamblea de ciudadanos, que votaban las leyes. En esta etapa, poco separada la política de la religión tuvieron mucha importancia también los colegios sacerdotales (el de los Pontífices, formado por 15 miembros presididos por el Pontífice máximo, con gran importancia en materia jurídica, ya que eran custodios de las fórmulas sacramentales con los que celebraban bajo pena de nulidad los actos jurídicos; el de los augures, que consultaban la voluntad de los dioses; y el de los feciales que tenían a su cargo la relación de Roma con los pueblos extranjeros). El Derecho estaba regido por las mores maiorum o costumbres de los antepasados y solo pocas leyes comiciales (algunos autores sostienen que en este período no las hubo).
2.- La República: En esta etapa (509 a. C. al 27 a. C.) se atenúa el poder ilimitado de los gobernantes, a través de una mayor división de poderes, ejercidos por magistraturas en su casi totalidad colegiadas (salvo la dictadura por razones excepcionales), y temporales. Los magistrados (cónsules, pretores, ediles y cuestores) ejercían sus cargos ad honorem (gratuitamente) y debían responder al finalizar su mandato por sus acciones durante el desempeño del cargo. Continúan también como poderes políticos, el Senado y los Comicios. En el año 450 a. C. se dictó la primera ley escrita: La Ley de las XII Tablas. También surge la potestad del Senado de dictar senadoconsultos, pero que no serán obligatorios. Otras fuentes de derecho de esta época fueron los edictos de los magistrados, que hicieron surgir el Derecho Honorario.
3.- El Imperio: Que suele dividirse en tres etapas: El Alto Imperio o Diarquía, donde a la autoridad imperial con potestad legislativa a través del dictado de constituciones imperiales, se le une el gran poder del Senado, cuyos senadoconsultos adquieren carácter obligatorio, y que comprende desde el año 27 a. C. cuando asume como emperador Octavio con el título de Augusto hasta el año 235 en que muere el emperador Alejandro de la dinastía de los Severos, en que comienza un segundo período, de anarquía, donde se sucedieron muchos emperadores en un contexto violento. El tercer momento es a partir del reinado de Diocleciano, en el año 284, donde se conocerá esta parte de la historia de Roma como Dominado, en la que el emperador será considerado un Dios. El imperio se dividió en dos: el de Occidente que cayó en poder de los pueblos bárbaros en el año 476, y el de Oriente, que subsistió hasta el año 1453 en que Constantinopla cayó en poder de los turcos.
Una clasificación interesante de la evolución del Derecho Romano, es la del alemán Gustavo Hugo, que compara la evolución del Derecho en Roma, con la de la vida de un ser humano. Por eso distingue las siguientes épocas:
1. La infancia: En la vida humana la persona nace y comienza a crecer de la mano de sus progenitores. En el Derecho Romano, comienza también con su fundación o nacimiento en el año 753 a. C., donde inicia un camino dependiente de ritos y fórmulas sagradas, dominado por la religión. Finaliza esta primera evolución en el año 450 a. C, cuando ya cuentan con la ley escrita, la de las XII Tablas.
2. La juventud: Desde la ley de las XII Tablas hasta la muerte de Cicerón (año 43 a. C) donde igual que una persona, crece, evoluciona, integra valores, dados por el Derecho Honorario, y comienza a apreciarse la labor de los jurisconsultos.
3. La madurez: En la vida humana ya se han alcanzado los logros, y es hora de disfrutarlos, acrecentarlos, y conservarlos. En Roma esto se alcanza desde el 43 a. C hasta el fin del período del emperador Alejandro Severo (año 235). El Derecho Civil y Honorario, y la labor de los jurisconsultos está en su apogeo, y procesalmente, el sistema formulario, reemplaza al rígido de las legis actiones.
4. La vejez: En la vejez, último período para el hombre y para el derecho, se acaba la producción. Solo se organiza lo ya logrado. Eso le correspondió a Justiniano quien compiló el Derecho vigente, cristalizándolo en el corpus iuris civilis. Su muerte determina el fin de la creación jurídica romana (año 565).