Los preceptos de Ulpiano
Ulpiano fue un destacado jurista romano, originario de Fenicia, que vivió entre los siglos II y III, durante la etapa imperial de Roma, desplegando su mayor actividad durante el gobierno del emperador Caracalla. Sus preceptos, cargados de contenido moral, los aplicó también a su vida personal, lo que no hizo que su existencia fuera sencilla, sino por el contrario, muy complicada.
Sufrió el exilio dispuesto por el emperador Heliogábalo, y recién pudo retronar a Roma, en el reinado de Alejandro Severo. Sus opiniones, ya muerto, fueron tomadas en cuenta por la llamada Ley de Citas, del año 426. Muchos de sus fragmentos están en el Digesto de Justiniano, del siglo VI.
Escribía de modo sencillo y claro, y nos legó tres preceptos fundamentales, para lograr un orden social justo e imprimir a lo jurídico un contenido ético. Los romanos desde el inicio de su historia, no tuvieron un Derecho, desvinculado de un fundamento universal y por encima de lo humano, ya que nació vinculado al fas, o Derecho divino, que le otorgó su contenido y sus ritos. Ulpiano, con sus preceptos, va a generar un estrecho vínculo entre moral y Derecho, para lograr un orden social, que, a la vez, sea equitativo y virtuoso.
Ante todo, vamos a definir lo que se entiende por precepto jurídico, del que podemos decir que son reglas para la convivencia social, sin carácter coercitivo, como lo son las normas jurídicas, pero que son el basamento de ellas (al modo del fas) e imperativos jurídicos, regulando los deberes de los ciudadanos, tanto individuales como sociales.
Los preceptos son:
Vivir honestamente: lo que implica, conservar las buenas costumbres y no afectar el orden público. Por eso, las leyes romanas, castigaban el incumplimiento de la palabra empeñada, el adulterio, el incesto, etcétera.
No dañar a otro: importa respetar la integridad física de los demás y sus bienes. Por eso, las leyes castigaban en Roma, al que cometiera furtum, iniuria o dañase injustamente a otro (lex Aquilia).
Dar a cada uno lo que le corresponde: es el sentido mismo de la idea de justicia, a la que Ulpiano definió como la constante y perpetua voluntad de otorgar a cada quien, lo que le corresponde, dando a cada uno su derecho. Por ese motivo, las partes en un contrato deben dar aquello a lo que se comprometieron.