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Contrato indefinido

Publicado por Hilda

El contrato indefinido es la forma de celebración de un contrato laboral que no tiene término, o sea, que no se ha fijado un plazo para su extinción. Es el nombre como se lo designa entre otros países en España y Chile, mientras que en Argentina se lo llama contrato de trabajo por tiempo indeterminado.

Tomando la regulación de este contrato en España, diremos que puede ser celebrado tanto en forma verbal (salvo excepciones) como escrita (aunque cualquiera de las partes puede demandar que se celebre en forma escrita, aún cuando ya la relación laboral se haya iniciado) y una vez concertado, hay diez días de plazo para dar aviso a la Oficina de Empleo.

Se les da preferencia frente a otras modalidades de contratación pues favorece a la estabilidad del trabajador, y eso los convierte en la regla general, siendo el resto la excepción, y por ello se consideran que se han sido contratados en forma indefinida los que no recibieron el alta en los beneficios de la Seguridad Social, cuando finalizó el periodo probatorio, y aquellos que si bien fueron contratados temporalmente su contrato resulta fraudulento, y fueran contratados nuevamente a la finalización de ese período, y así sucesivamente. Algo similar ocurre si se celebraron como contratos formativos pero en realidad realizan tareas ordinarias y fijas en la empresa. Otro tanto sucede con los que tomando un lapso de treinta meses, su contrato o contratos temporales hubieran estado vigentes por más de 24 meses continuados o no, salvo entre otros, para los contratos formativos. Los contratados desde el 18 de junio de 2010, por obra o servicio determinado pasarán a ser trabajadores fijos luego de su contratación por tres años, plazo que puede ser susceptible de ampliación por doce meses, por convenio colectivo.