Las ramas del Derecho
La gran división tradicional del derecho distingue entre el Derecho Público y el Derecho Privado, conocida ya desde el antiguo Derecho Romano. Según la definición de Ulpiano, contenida en el Digesto de Justiniano, el Derecho Público hace referencia “al estado de la cosa pública de Roma”, mientras que el Derecho Privado, se refiere “al interés de los particulares”. O sea, que el primero hacía referencia a la estructura y organización estatal, y a las relaciones del estado con los particulares, cuando ejerce su acción investido de imperium, o sea en un plano de jerarquía superior, por ejemplo, cuando impone un impuesto.
En el derecho Público las partes de la relación no están en plano de igualdad. O sea, una de ellas está subordinada al poder de la otra. Por ejemplo, cuando el estado en ejercicio de la función pública integra la relación. En el derecho laboral, se considera que el empleador posee la autoridad necesaria, para imponer al trabajador ciertas condiciones laborales, a las cuales el trabajador debe subordinarse. En los casos en los que el estado actúa no como órgano de poder, sino en un plano de igualdad jurídica, por ejemplo si constituyen una empresa, intervienen las normas de Derecho Privado. En éste, predomina más la libertad de las partes, dentro de los límites legales, para establecer las condiciones de la relación.
En definitiva, sin entrañar una división tajante podríamos decir que cuando valores superiores de justicia se hallan involucrados, y el estado impone ciertas pautas a la que los sujetos del derecho deben ajustarse estaríamos en el ámbito del Derecho Público, integrado por las siguientes ramas: Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, derecho Penal, Derecho Procesal, Derecho Laboral y Derecho Tributario.
El Derecho Privado comprende el Derecho Civil y el Derecho Comercial.
El Derecho Constitucional, formado por las normas contenidas en la más importante de las leyes de un estado, ya que ninguna otra puede contradecirla, so pena de ser declarada inconstitucional, trata de la organización de los poderes del estado, de los derechos y deberes de los habitantes y de una serie de declaraciones sobre las bases en las que se asienta la organización político-jurídica y social de la nación.
El Derecho Administrativo, es el conjunto de normas que regulan el funcionamiento del estado como poder administrador, entre los distintos órganos administrativos, y su relación con los particulares. Esta rama surgió con la Revolución Francesa.
El Derecho Penal, comprende las normas que regulan las conductas punibles de los habitantes, aquellas que se consideran delictivas, para las cuales las normas jurídicas tienen prevista una sanción. La tipicidad de las normas penales es un rasgo característico, ya que para que una conducta sea susceptible de sanción penal, debe coincidir plenamente con la descripta por la norma, sin poder aplicarse la analogía.
El Derecho Procesal, contiene las normas a las que deben ajustarse los procedimientos a seguirse en el ejercicio de una acción ante los tribunales judiciales, como modos de presentación o plazos, y aquellas reglas a las que los jueces deben ajustarse para aplicar el Derecho en sus sentencias.
El Derecho Civil, regula las relaciones entre particulares, ya sean personas físicas o jurídicas, o el propio estado, cuando no lo hace en ejercicio de su poder como autoridad pública. Es la más utilizada entre las ramas del derecho ya que comprende las relaciones patrimoniales, personales, de vecindad, de familia, de derecho sucesorio, etc.
El Derecho Comercial, o Mercantil, se encarga de regular la actividad de los comerciantes, y sus relaciones comerciales, denominadas actos de comercio.
El Derecho Laboral es el que se refiere a las relaciones entre los patrones y sus empleados, fijando sus deberes y derechos recíprocos, así como la protección de la parte más débil de la relación: el trabajador.
El Derecho Internacional Privado trata de la regulación de las relaciones entre particulares, con domicilios en diferentes países, o hechos acaecidos en diferentes estados.
El Derecho Internacional Público, rige las relaciones entre distintos estados u organizaciones internacionales.
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Hilda el 4 de Abril de 2008Categorías: Parte general
61 comentario/s hasta el momento















13 de Abril de 2008 a las 12:04 pm
esta muy buena la pagina es un sitio al que recurro muchas veces porque me interesa el derecho y porque voy hacer abogacia espero dentro de unos años poder ser colegas de ustedes besos
10 de Junio de 2008 a las 11:38 am
gracias; siempre es necesario recordar los conceptos de derecho
la pagina es exelente
15 de Junio de 2008 a las 7:41 pm
gracias por mantener esta pagina, ya que, es muy importante y necearia para los estudiantes de derecho. porque asi puede uno consulatar y satisfacer sus dudas, gracias.
2 de Julio de 2008 a las 2:47 pm
me parec muy buena esta alternativa para informar y lo hacen bien , me gusto este articulo primera vez que leo de esta pagina, muy interesante, gracias por esta fuente de informacion y siendo seria y fidedigna la informacion demas que es util para todos los que queremos conocer algo mas y tambien para usarlo como material de estudio para la universidad. me qyudaron mucho gracias por esta publicacion. chao
16 de Julio de 2008 a las 12:48 pm
Hola:
Voy a empezar bachillerto y ya me tengo que plantear que carrera quiero hacer. Me gustaria ejercer la abogacia, pero a mi tambien me gusta el tema de relaciones publicas. Me han dicho que es posible y me gustaria saber como podria hacerlo. ¿Alguien podria mandarme información a lasipes@hotmail.com?
Muchas gracias, y espero su respuesta.
4 de Agosto de 2008 a las 9:44 pm
hola queridos lectores… yo kiero agradecer por permitirme dar mi opinion sobre este sitio.
pero antes que nada kiero k sepan que SOY SUPER FASHION.
UNA ABOGADA FASHION….
BESOS!!!!!!!!!!
12 de Agosto de 2008 a las 6:38 am
Hola mi nombre es Lucrecia estoy estudiando Lic. en Recursos Humanos, y tengo una duda en cuanto a un trabajo que tengo que hacer de Derecho Laboral. la consulta es la siguiente:
¿Porqué se recomienda que antes de firmar algún Contrato Civil se debe leer bien, sobre todo la letra chica? En cambio ¿Por qué dentro del derecho laborar se dice que no tiene mucha importancia lo que se firma?. debo responder conforme a los principios de cada rama del derecho.
Agradezco su ayuda…..
12 de Agosto de 2008 a las 4:27 pm
Lucrecia, yo te diría que siempre es bueno leer bien lo que se firma, pero en el derecho laboral rige un principio, el de “in dubio por operario” que significa “en la duda en favor del trabajador” por el cual, los jueces en sus sentencias, en caso de no haber pruebas fehacientes, o si hay evidencias que en el contrato el trabajador ha sido engañado, lo favorecerá. Además en todos los contratos hay otro principio: “el contrato es ley entre las partes”, pero en el derecho laboral, las partes no pueden pactar condiciones menos favorables al trabajador que las que dispongan las leyes. por ejemplo, si en la letra chica del contrato de trabajo dice que el trabajador tiene que trabajar 10 horas diarias, de lunes a sábados, sin percibir horas extras, esa disposición se tiene como no escrita, ya que la ley laboral establece una jornada de trabajo de 8 horas diarias, o 48 semanales. Esto diferencia con los contratos civiles ocurre porque la ley considera que en los civiles las partes están en un pie de igualdad, mientras que en los de trabajo, el empleado está en una relación de subordinación, y es fácil, que aprovechándose de la necesidad de ganarse el sustento, el empleador le haga manifestar conformidad a un trabajo en condiciones de explotación.
17 de Agosto de 2008 a las 9:52 pm
Hola..!!
Es una pagina muy interesante, ya que explica de que se trata cada rama del derecho, permitiendonos a los estudiantes aclarar las dudas que teniamos hacia cada una de ellas.
26 de Agosto de 2008 a las 5:14 pm
un cordial saludo para todos ustedes, solo queria darles las gracias infinitamente por haber creado esta pag, ya que es buena y esto la hace muy util, para nosotros como estuudiantes……………
28 de Agosto de 2008 a las 7:22 pm
HOLA…..COMO LES VA?HAY ALGUINE QU PUDE DARME UNA OPINION CON FUNDAMENTO….POR Q LA NECESITO….ME GUSTARIA HACR DERECHO.PERO L TEMA ES Q MI PAPA VIVE EN SUIZA…Y TENGO LA POSIBILIDAD DE ESTUDIAR ACA Y DESPUES IRM PARA ALLA.,………Y VER DE SEGUIR CRECIENDO…PERO SI HAGO DERECHO NOSE SI ME VA A SERVIR ALLA…………
28 de Agosto de 2008 a las 7:25 pm
RESPONDAN AMI MAIL: DENISE_RUBIOLO@HOTMAIL.COM….GRACIASS!!!!
28 de Agosto de 2008 a las 7:37 pm
tengo 12 años y me facinan las ciencias politicas y la psicologia me gusta mucho esta pagina puesto que aprendido muchas cosas que antes no sabia.
gracias
luisa
29 de Agosto de 2008 a las 1:38 pm
LES QUIERO DECIR QUE ESTA PAGINA ES MUY IMPORTANTE YA QUE GRACIAS A ELLA UNO PUEDE ACLARAR SUS DUDAS DE ACUERDO A ESTA MATERIA QUE ES EL DERECHO Y ES MUY IMPORTANTE PARA NOSOTROS LO ESTUDIANTES
GRACIAS
JOSE URIEL COLORADO HERNANDEZ
29 de Agosto de 2008 a las 5:15 pm
Denis, conviene estudiar Derecho, en el país donde vas a ejercerlo, pues de lo contrario, deberás dar muchas materias para revalidar el título
20 de Septiembre de 2008 a las 10:22 am
hola q tal primera ves q entro a esta pag y me ayuda porq ahora me esta aclarando muchas dudas pero aun tengo una q otra… nose si alguien por ahi me podri decir algo mas del derecho administrativo nose el porq me interesa esa rama y para eso quisiera saber un poco mas y si me pueden responder a mi correo: melissa_villacortag@hotmail.com
30 de Septiembre de 2008 a las 9:35 am
HOLA SOY ROSANA QUIERO DECIRLES Q M GUSTA MUCHO ESTA PAGINA, Y A LA VEZ QUIERO HACERLES UNAS PREGUNTAS Q S RELACION JURÍDICA Y CUAL S SU FUNDAMENTO
26 de Octubre de 2008 a las 8:59 pm
saludos mis querid abogados nunca bien ponderados!, un saludo de un estudiante del primer semestre de derecho en la bella universidad santamaria de venezuela (U.S.M.) dios escucho mis suplicas cuando encontre esta pagna ya se que podre preguntar muuuuchas cosas y me van a responder humanos, no google, cosas como cuales son los abjetivos del derecho civil? un saludo porfa respondame esto
aqui o a mi correo porfis johan_gomez_88@hotmail.es
27 de Octubre de 2008 a las 5:10 am
johan, el derecho civil trata de las relaciones entre personas particulares, para resolver sus conflictos o reconocer sus derechos. Por ejemplo, si se rompe el caño de agua de tu vecino, y humedece tu casa, harás una demanda civil contra él, para que te repare el daño, pues el derecho civil trata de poner las cosas en el estado anterior al suceso dañoso. es entonces no un derecho que castiga al autor del hecho, sino que protege a la víctima, para que no sufra perjuicios. El derecho penal, por ejemplo, procura el castigo del delincuente. El derecho civil permite reclamar el valor de lo efectivamente sufrido y los daños y perjuicios ocasionados
27 de Octubre de 2008 a las 9:53 pm
unnnn, nunca habia visto el civil como el que vela por la integridad de la victima y no por e castigo del autor, muy bueno eso, ahora hice esta pregunta porque n realidad debia investigar esto para la uni, pero no sabia si se referia a unos OBJETIVOS puntuales o solo objetivo propiamente dicho comprendes?, no sabia si tenia que buscar varios objetivos del derecho civil positivistamente. de donde eres? bueno si no eres de venezuela quiero comentar algo muy bueno sobre esta rama del derecho muy bonito, un caso con una jurisprudencia que paso aqui en venezuela en un hospital del amanozas, resulta que, para resumir un poco, dictaba que un doctor tenia tres fetos sobre su escritorio para firmarlos en la lista como cadaveres (esto tiene que ver con el nasciturus),cuando el esta redactando el informe medicojuridico escucha como un maullido de gatico,el no le presta atencion, pues penso que eran ideas de el,luego sigue escuchando hasta que se acerca a la caja donde esta justamente uno delos fetos y ve que respira :O !! salio corriendo asustado a buscar otra doctora y cuando ella se percata el feto si estaba llorando, pero murio a los pocos minutos
casi lloro, pues ahi se le levantaria acta de defunsion, y si es sobre personas
, bueno disculpen si me encadene pero queria contar esto. saludos! (mis queridos abogados y nunca bien ponderados)
3 de Noviembre de 2008 a las 2:36 pm
hola buenas tardes me encanta sus comentarios estan buenisimo quisiera saber cuales son las ramas vinculantes del derecho internacional privado gracias.Esperare sus mens, besos cuidencen
4 de Noviembre de 2008 a las 5:56 am
Lourdes Josefina, pronto te publicaremos un artículo sobe el tema que te interesa
16 de Noviembre de 2008 a las 11:11 am
¡hola! me gustaria saber cuales son las ramas del derecho y estas a su vez como se subdividen?
5 de Diciembre de 2008 a las 10:37 pm
me gustaria saber si el derecho de familia tiene mayor jerarquia en el derecho o si no cual es y porque neceito saber urgente, donde podria buscar informacion sobre esto
ivan
6 de Diciembre de 2008 a las 6:10 am
Iván las ramas del derecho no se clasifican por jerarquía sino por contenido. La única rama que podría tener más jerarquía que las demás es el derecho constitucional. Las normas jurídicas se clasifican por jerarquía siendo la Constitución Nacional la primera y más importante, que las demás no pueden contradecir.
6 de Diciembre de 2008 a las 7:03 pm
entonces el drecho constitucional es el mas importante por que no solo rige a la familia sino ala sociedad ya que sin la constitucion una sociedad no puede funcionar?
7 de Diciembre de 2008 a las 6:56 am
Iván, es más importante pues la constitución es la ley suprema y ninguna ley puede contradecirla. Regula todas las cuestiones en forma general y el resto de las leyes sobre cualquier tema solo la reglamenta. Por ejemplo, la Constitución argentina en su artículo 14 bis dispone la defensa del bien de familia. entonces, no podría una ley suprimirlo. Otro ejemplo: la constitución establece el derecho de enseñar y aprender, y lo poseen todos los habitantes (ciudadanos y extranjeros). Entonces no podría una ley de educación prohibir la entrada a las aulas a alumnos de otros países. De todos modos, no entiendo bien si lo que te preguntan va por ahí, ya que cuando se habla de jerarquía del orden jurídico, se habla más de la jerarquía de las normas, y ahí sí es la Constitución la más importante, pero en las ramas, son mas bien independientes, ya que abordan temas distintos. Si deseas, copiame exactamente la pregunta que te hacen
7 de Diciembre de 2008 a las 6:21 pm
¿Porque el derecho de familia tiene mayor jerarquia en el derecho?
8 de Diciembre de 2008 a las 5:49 am
Iván, la verdad la pregunta no es clara (no entiendo con respecto a qué) pero puedes contestarla así: En el derecho de familia se conjugan normas de interés individual, pero subordinadas al fin social de la institución familiar, que es clave en la constitución de la sociedad. Sus normas son imperativas, ya que las partes no pueden disponer libremente las condiciones en que desarrollarán su vida familiar, como sí sucede en el resto de las relaciones civiles. Por ejemplo en un contrato de compra venta las partes pueden excluirse de la responsabilidad por vicios redhibitorios (por vicios ocultos de la cosa) pero en un matrimonio, los contrayentes, no pueden por ejemplo, pactar con validez jurídica que durará un tiempo determinado, o un padre no puede excluirse de los deberes de la patria potestad, pues están en juego valores éticos superiores al interés individual de las partes. El estado de familia en general origina derechos y deberes conjuntos, por ejemplo el derecho de educar al hijo derivado de la patria potestad, conlleva la obligación alimentaria, todo esto para proteger a los más débiles de los componentes de la familia, pues están en relación de subordinación (los hijos con respecto a los padres) o puede suceder al revés, en caso de padres ancianos o incapacitados, los hijos ya mayores tienen con respecto a ellos obligación alimentaria.
8 de Diciembre de 2008 a las 2:57 pm
muchas gracias
8 de Diciembre de 2008 a las 3:08 pm
tengo un juicio y no sabemos sino nos va a tocar defender o demandar a la person, el tema es la pension alimenticia en un divorcio voluntario que podria hacer para tener infromacion sobre el tema y estar preparado
9 de Diciembre de 2008 a las 1:28 pm
Iván, es muy confuso lo planteado, aclárame de qué país sos, y por qué demandarías pensión alimentaria, ya que no corresponde en general en los juicios voluntarios. ¿Es para los hijos?
22 de Enero de 2009 a las 4:50 pm
hola es muy inportante el contenido.saludo.
28 de Enero de 2009 a las 3:08 pm
hola buenas tarde espero que me contesten una inquietu me dieron trabajoy bueno que es la funcion estructuralen derecho porfvor espero su respuesta mi correo es pitusalia_2@hotmail.com
29 de Enero de 2009 a las 2:15 pm
Realmente quero agradecerles al equipo que traba con este nivel de intrucción al derecho, pues es maravilloso poder contar con paginas que nos orienten al respecto. muchas gracias por su aporte.
29 de Enero de 2009 a las 2:39 pm
EXISTEN AUTORES QUE NIEGAN MUCHAS TEORIAS PARTICULARMENTE ME GUSTARIA QUE REFORSARAN UN POCO MAS AQUELLOS ARTICULOS QUE CONTIENEN CIERTAS CONFUSIONES EN PALABRAS TEXTUALES QUE EL DERECHO EXIGE , PUES CUANDO UN ALUMNO INICIA LA CARERRA DE DERECHO TIENDE A CONFUNDIRSE HE INMEDIATAMENTE CORRE A COMPRAR UN DICCIONARIO JURÍDICO PORQUE DICHAS EXPLICACIONES Y TEXTOS DE LIBROS NOS DEJAN EN EL AIRE, POR ESO NOSOTROS COMO ESTUDIANTES DE DERECHO BUSCAMOS INFORMACIÓN QUE SE AJUSTE A NUESTRA COMODIDAD Y QUE NOS DEJE UN APRENDIZAJE PARA TODA LA VIDA.
8 de Febrero de 2009 a las 10:34 pm
DE, VERDAD SU PAGINA ES MUY BUENA OPCION PARA LAS PERSONAS Q ESTUDIAMOS DERECHO, INFORMACION NO FASTIDIOSA, Y PRACTICA, MUY BUENA DE VERDAD…
17 de Febrero de 2009 a las 4:48 pm
ALGUIEN ME PODRIA DECIR QUE ES EL DERECHO Y EN RAMA SE CLASIFICAN
24 de Febrero de 2009 a las 5:01 pm
Me gustaria saber cuales son las diferentes ramas del derecho y esta a su vez como se subdividen.
28 de Febrero de 2009 a las 11:22 am
hola soy jose luis y me intrersa estudiar derecho pero no se donde irme
28 de Febrero de 2009 a las 11:23 am
mi correo es:mnbv09@live.com
28 de Febrero de 2009 a las 11:25 am
espero que me contesten y se comuniquen con migo con mi correo: mnbv09@live.com
11 de Marzo de 2009 a las 2:42 pm
kiero saber un concepto o una idea mas proxima a la relacion q existe entre dercho penal, civil y constitucional
8 de Abril de 2009 a las 10:52 pm
toda la información me ha sido de mucha ayuda, gracias
lo mejor es la comparación de la ley en diversos paises.
14 de Abril de 2009 a las 10:03 am
hola queria felicitarlos y agradecerles por publicar esta pagina pero tengo una duda..porque en el colegio explicaron que el derecho laboral de subdivide en publico y privado…el problema es que ese dia falte y el profesor no me quiere explicar…alguien me explicaria la diferencia o a que se refiere uno y otro(derecho laboral publico y privado)?? desde ya muchas gracias.
14 de Abril de 2009 a las 10:06 am
ah me olvide de aclarar..no me responderian a trendy____@hotmail.com o bien por aca .. espero sus respuestas y gracias.
14 de Abril de 2009 a las 3:19 pm
Gisela, el Derecho Laboral cuando es una persona particular que contrata a un trabajador se desarrolla en el ámbito privado que quiere decir entre particulares. Cuando el que contrata es el Estado, entra dentro del orden administrativo que es Derecho Público, pero en este caso no se rige por las leyes laborales de Ley de contrato de Trabajo. Por ejemplo los empleados públicos solo pueden despedirse por justa causa, los privados porque el empleador lo disponga, mientras le pague indemnización. De todas maneras, aún cuando sea un particular, o una empresa privada la que contrata a un trabajador, hay normas que también dentro del ámbito del derecho privado son de orden público, o sea que los particulares en sus contratos no pueden dejarlas de lado. Por ejemplo, no podría establecerse por contrato de trabajo que una persona trabaje más de ocho horas diarias sin abonarle horas extras, pues esas normas son imperativas, y aunque el contrato diga otra cosa, el trabajador puede hacerlas valer igual, pues rige la regla que debe estarse a lo más favorable para el empleado. Espero te haya servido, aunque tu profesor debería explicarte el tema.
14 de Abril de 2009 a las 6:53 pm
muchas gracias hilda me sirvio mucho ya que me saco muchas dudas. muchas gracias enserio muy buena la pagina.
20 de Abril de 2009 a las 11:20 am
Buenos dias alguien podria explicarme sobre la ubicacion del derecho laboral en el derecho en general??? espero sus respuestas gracias
22 de Abril de 2009 a las 4:11 pm
me gustaría que alguien me diga si es cierto que cuando te hacen una denuncia por lo que sea y no se te puede probar nada despues de los 5 años quedes libre de culpa y cargo?
29 de Abril de 2009 a las 6:40 pm
hola tengo un juicio y no se si me ba tocar defender bue contesten…
6 de Mayo de 2009 a las 6:58 pm
hola, queria hacerles una consulta, el 20 tengo parcil de derecho civil y necesitaria saber que es la relatividad de los derechos subjetivos? desde ya muchisimas gracias
7 de Mayo de 2009 a las 3:40 pm
Emilia, los derechos subjetivos son relativos pues poseen como límite en su ejercicio, el derecho igual de otras personas y la moral y las buenas costumbres. Por ejemplo, no puedes incendiar tu casa aunque sea tuya, pues pones en peligro a tus vecinos, no puedes andar desnudo por la calle pues afectas la moral pública.
10 de Mayo de 2009 a las 11:59 am
BUENOS DIAS LOS FELICITO POR ESA PAGUINA DE TANTO INTERES A TODA LA SOCIEDAD BUENO NO SE SI SEA UN POCO TARDE TENGO 36 AÑOS Y POR RAZONES ECONOMICAS NO HE PODIDO TERMINAR MI BACHILLERATO YA QUE TENGO DOS HIJOS Y DE 19 Y 17 AÑOS ESTUDIANDO PERO MI GRAN ANHELO ES SER UNA ABOGADA ME ENCANTA ESTA PROFECION PERO AMI EDAD Y CON ESCASOS RECURSOS ECONOMICOS NO SE COMO HACERLO CUALQUIER SUGERENCIA LES AGRADEZCO MUCHO SOY UNA MUJER MUY LUCHADORA PERO NO SIEMPRE ESTO FUNCIONA QUE DIOS LOS VENDIGA GRACIAS
12 de Mayo de 2009 a las 3:30 pm
hilda aclarame esta duda en que tiempo prescribe un caso administrativo si no se a comprobado nada de lo que te acusaron soy venezolano, y me acusaron falsamente y han pasado cinco años de eso
17 de Mayo de 2009 a las 7:51 pm
saludos,
quiero que me expliquen bien sobre la carrera, sus objetivos, funciones. e.t.c.. me llama la atencion pero deseo conocer mas de elaa.
gracias