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La ley de bosques en Argentina

Publicado por Hilda

la ley de bosques en ArgentinaLa deforestación en Argentina es un tema muy preocupante, estando en emergencia forestal. Los bosques nativos se han perdido en un 70 %.

A fines de noviembre del año 2007 se aprobó la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos que recién fue reglamentada en febrero de 2009, bajo la presión de las organizaciones ecologistas y luego de que ocurriera el alud de Tartagal, donde el desmonte tuvo mucho que ver con la tragedia.

El artículo 2 de la ley define a los bosques nativos, como aquellos ecosistemas naturales integrados por especies de árboles nativos y maduros, con asociación de diversas especies de flora y fauna, que conforman con el medio que los rodea un entramado interdependiente, multifuncional y con características propias, que naturalmente le otorgan un equilibrio dinámico al sistema y brinda varios servicios sociales ambientales, además de los diversidad de recursos naturales con potencialidad de utilización económica.

Comprende tanto los bosques nativos donde no hubo aporte humano (primarios) como aquellos que quedaron tras un desmonte (secundarios) así como los que resultaron de una restauración voluntaria.

Esta ley surgió de un proyecto presentado en 2006 por el Diputado Miguel Bonasso quien presidía la Comisión de recursos naturales y medio ambiente, y fue hecho con la colaboración de varias entidades que luchan por la preservación del medio ambiente como la Fundación Vida Silvestre y Greenpeace. Llevar adelante la discusión y aprobación del proyecto no fue fácil. Primero se aprobó en diputados a pesar de que algunos diputados del norte se oponían y luego en el senado donde tampoco fue fácil pero fue respaldado por la ciudadanía a las que se les requirió su apoyo al proyecto bajo firma lo que llevó a juntar un millón y medio de adhesiones.

Entre los aspectos más salientes de la ley se destacan: la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria; el respeto a las comunidades aborígenes y a sus bosques; la realización del desmonte solo luego de realizar un ordenamiento territorial de los bosques nativos y previo a efectuar un estudio sobre el impacto ambiental; la realización con antelación de una audiencia pública; la prohibición de que los residuos que queden del desmonte se quemen a cielo abierto. Se prevé también la creación de un fondo compensatorio por servicios ambientales, considerándose que los más importantes servicios que ofrecen los bosques nativos son: la conservación de la biodiversidad, del suelo y la calidad del agua; la regulación de las fuentes hídricas y de los gases con efecto invernadero; defender la identidad cultural y la estética del paisaje. Fomenta el uso sustentable de los bosques y los clasifica en zonas. Los de categoría 1 (zona roja) son los que deben preservarse en su estado original sin que puedan explotarse económicamente. La categoría 2 (amarilla) tienen valor de conservación entre alto y medio; pudiendo aprovecharse en forma sustetable, para turismo, investigación científica o recolección, pero no para desmonte. Finalmente las zonas 3 (verdes) pueden explotarse bajo las condiciones antes indicadas con la previa realización de un informe de impacto ambiental.

La ley se cumple a medias, destinándose pocos fondos presupuestarios y se siguen talando árboles. Según denunció Greenpeace, desde que la ley se sancionó hasta finales del año 2012 se deforestaron especialmente en las provincias del norte (Chaco, Formosa, Santiago del Estero y Salta) 1.145.044 hectáreas, De ellas, aproximadamente 275.000 hectáreas, corresponden a zonas protegidas.