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Derecho concursal

Publicado por Hilda

En el Derecho Romano, cuando existía un deudor insolvente, en la época republicana, se aplicaba la Bonorum Venditio, declarándose al deudor que no podía hacer frente a sus obligaciones como infame, y rematándose públicamente sus bienes.

El Derecho Concursal surge unido al comercio a fines del período medieval, pero siendo muy hostil hacia los deudores que no podían enfrentar al pago de sus obligaciones. En el siglo XII las Siete Partidas de Alfonso El Sabio contemplaban el procedimiento concursal en la partida tercera. Las Ordenanzas de Bilbao de 1737 significaron un gran avance en sentido social, que en el siglo XIX se ve coronado con el Código de Napoleón.

La finalidad del derecho Concursal actual es solucionar los problemas que trae aparejado que el deudor no pueda cumplir con sus obligaciones, tratando de que llegue a un acuerdo con sus acreedores que es el llamado concurso preventivo, o, en el caso de no arribarse al mismo o incumplirse, llegar a liquidar el patrimonio, declarando la quiebra.

Fue tradicionalmente considerado el Derecho concursal como una rama del Derecho mercantil, aunque esto dejó de tener vigencia al aplicarse la quiebra también a los no comerciantes. Su finalidad es proteger tanto a los acreedores como a la continuidad de las empresas cuando ello sea posible.

En Argentina la primera ley de quiebras data del año 1972, y llevó el número 19.551 que reguló la situación de comerciantes y no comerciantes. El concurso preventivo diferenciado de la quiebra ya regía desde 1933.

La actual ley de concursos y quiebras fue sancionada el 20 de julio de 1995.