Contrato de tiempo parcial
El contrato de tiempo parcial es un tipo de contrato laboral regulado en el artículo 92 TER. de la Ley de Contrato de Trabajo de la República Argentina. Consiste en que la obligación del trabajador es la de prestar servicios por un tiempo menor a las dos terceras partes de lo que es la jornada habitual para esa actividad, distribuidas en algunas horas diarias o semanales.
El artículo 92 TER. permitiendo el contrato de tiempo parcial fue introducido en la LCT por la ley 24.465 de 1995 sobre flexibilización laboral, bajo la expresión fomento al empleo. En este texto original no se mencionaba la situación de quienes prestaran servicios menores a lo legal, pero mayor de las dos terceras partes. Además, el Estado se comprometía a prestar los fondos necesarios a la Obra Social para que el trabajador pudiera gozar de una prestación mínima. Este artículo fue sustituido por el art. 1º de la Ley Nº 26.474 del 23 de enero de 2009.
Actualmente, se aclara frente a la omisión del artículo anterior, que en caso de superar la proporción de las dos terceras partes se le deberá abonar al trabajador igual remuneración que si se tratara de una jornada íntegra, volviéndose a repetir que en el caso de jornada de tiempo parcial, que es el caso de que tratamos, la remuneración no puede ser menor a la que proporcionalmente le corresponda sobre la de un trabajador a tiempo completo, fijada por ley o convenio colectivo, con respecto al mismo puesto de trabajo o categoría. Los aportes a la seguridad social también serán proporcionales, agregando este nuevo artículo que si tiene varios empleos a tiempo parcial deberá unificarse el salario a efectos de aportar, eligiendo la obra social a la cual prefiera pertenecer, no pudiendo aportar menos que un trabajador de tiempo completo.
Salvo por peligro grave o inminente a personas o cosas, el trabajador de tiempo parcial no puede realizar horas extras. Si trabaja más horas que las establecidas en el contrato parcial, el empleadfor deberá pagar un sueldo íntegro en el mes que se produjo.
La cantidad máxima de trabajadores que puedan desempeñarse a tiempo arcial se determina por convenio colectivo en virtud de un porcentaje sobre el total de los trabajadores de la empresa, pudiendo fijar un orden de prioridad entre ellos para ocupar las vacantes que se produjeran en la empresa, cono trabajadores a tiempo completo.