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Trabajo insalubre

Publicado por Hilda

Trabajo insalubreLa Ley de Contrato de Trabajo (20.744) de la República Argentina, trata del trabajo insalubre conjuntamente con el trabajo nocturno, en el artículo 200.

El trabajo en realidad, nunca es insalubre, lo que puede serlo son las condiciones en que se desarrolla, que comportan un riesgo para el trabajador. Por las resoluciones 434/02 y Nº 860/02 corresponde a la autoridad laboral nacional o provincial según el ámbito en que se desarrolle, la declaración de insalubridad.

El párrafo segundo del artículo 200 del L.C.T. prescribe que cuando se constate por parte de la autoridad de aplicación la realización de tareas en condiciones de insalubridad, se dará un plazo para que se regularice la situación, y se realice el trabajo en condiciones de salubridad. En caso de que no se logre, se declara la insalubridad, previos dictámenes médicos.

La resolución que declara la insalubridad es recurrible, por vía administrativa, y agotada ésta, por vía judicial. Puede tratarse de trabajadores que empleen o estén expuestos a sustancias contaminantes o radiactivas, o a ruidos excesivos, por ejemplo.

En caso de ser declarada la insalubridad el desempeño laboral no puede exceder de seis horas por día o treinta y seis por semana, sin disminuirse las remuneraciones. La misma autoridad encargada de declarar la insalubridad es la encargada de levantar la calificación, si desaparecen las condiciones adversas que motivaron su imposición.

Se establecerá por ley nacional con indicación precisa, las tareas penosas, riesgosas o mortificantes, y las jornadas que correspondan.

Muchos trabajadores gozan también de menores requisitos de edad y tiempo de trabajo para acceder a la jubilación, por sus condiciones laborales, pero no siempre coinciden los casos de reducción de jornada de trabajo que establece el derecho laboral, con los casos en que se accede a una jubilación anticipada.

En fallo plenario de la Cámara Laboral se decidió, en autos “Escalera O. y otros c/ Aceros Zapla s/ diferencia de salarios” que la declaración de insalubridad a los efectos jubilatorios, para disminuir la edad requerida, no impacta en la declaración de trabajo insalubre que establece el artículo 200 de la L.C.T, separando las consideraciones que rigen el Derecho a la Seguridad Social del Derecho Laboral, por lo tanto, acceder a una jubilación anticipada, no sirve para peticionar la disminución de la jornada laboral.