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¿Qué es la deuda externa?

Publicado por Hilda

Qué es la deuda externaLa deuda externa de un Estado es parte de su deuda pública, entendiéndose por tal las obligaciones estatales en las que aparece como deudor directo o garantizando deudas de terceros. Cuando la deuda consta en títulos circulantes que pueden cotizarse en el mercado de valores se denomina deuda pública consolidada, mientras que de lo contrario, se denomina deuda pública flotante. Contrayendo deuda externa se logra financiar los déficit de la economía nacional y reactivarla, pero en muchos casos los fondos son desviados para fines diferentes al bien común o se realizan inversiones deficientes.

La deuda pública puede ser interna, exigible dentro de los límites territoriales del Estado y sometida a sus normas y tribunales; o puede ser externa, contraída con personas físicas o jurídicas (sociedades, estados u organismos internacionales) extranjeras. En este último caso se debe someter las cuestiones en caso de litigio a leyes y tribunales extranjeros.

En Argentina la posibilidad de contraer empréstitos (préstamos) para el Estado es una atribución del Congreso (art. 75 inciso 4 de la CN) reglamentada por la ley 24.156. Además el inciso 7 del mismo artículo 75 también faculta al Congreso a arreglar el pago la deuda interna y externa de la nación. Sin embargo la ley 24.156 en su artículo 65 delega en el Poder Ejecutivo la renegociación de las deudas públicas, tanto internas como externas si se trata de mejorar montos, plazos o intereses, requiriéndose la opinión al Banco Central en caso de deuda externa. El Congreso a su vez, también ejerce una importante función, ya que cuando aprueba la ley de presupuesto (cada año) debe expedirse sobre el rubro denominado “servicio de la deuda pública” que se refiere a los intereses y amortizaciones de los créditos del Estado en ese año.

La deuda externa puede contraerse con respecto al FMI (Fondo Monetario Internacional) o al Banco Mundial o con particulares, como es el caso que actualmente preocupa al país por la deuda contraída con los comúnmente llamados “fondos buitres” o holdouts. En Argentina el origen de la deuda puede remontarse a la presidencia de Bernardino Rivadavia (1822) lo que siguió en los gobiernos sucesivos hasta que en el 2001 la crisis provocó la entrada o default o suspensión del pago. Los kirchner lograron renegociar la deuda externa, pero el 7 % de los tenedores de bonos se rehusaron a negociar e iniciaron un juicio en el Distrito sur de Nueva York. El Juez Thomas Griesa, encargado de resolver la cuestión lo hizo en contra de los intereses argentinos.